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El Tribunal Supremo deberá resolver si anula las autoliquidaciones de plusvalías

Establecerá si es necesario demostrar que el inmueble perdió valor, ante distintas resoluciones judiciales -La edil de Hacienda alega esta cuestión para desestimar las reclamaciones

Inmueble que alberga las dependencias del área municipal de Hacienda. // Iñaki Osorio

La polémica del impuesto municipal de la Plusvalía -incremento del valor de los terrenos- que se ha suscitado deberá ser resuelta por el Tribunal Supremo, en lo que se refiere a la anulación de todas las autoliquidaciones de los últimos cuatro años sin excepción, sin necesidad de demostrar que el inmueble perdió valor, debido a las diferentes resoluciones judiciales que se están produciendo en el territorio nacional.

Precisamente, la edil de Hacienda, Ana Fernández Morenza, aludió, en el momento de anunciar que se registraron 176 reclamaciones por plusvalía, que los técnicos municipales consideran que deberían desestimarse un 90% por no aportar ningún documento o prueba que acredite la pérdida de valor, que sería el único motivo que daría lugar a una devolución de lo cobrado.

En este sentido, fuentes judiciales consultadas por FARO explican que el Tribunal Constitucional declaró la nulidad de una parte de la regulación del impuesto de plusvalía en una sentencia que dio lugar a distintas interpretaciones. Y en un principio los Juzgados Contenciosos de Ourense y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia consideraban que solo afectaba a las autoliquidaciones del impuesto practicadas en los últimos cuatro años cuando el contribuyente acredite que el inmueble ha perdido valor.

Pero resulta que otros tribunales están considerando que son nulas todas las autoliquidaciones del impuesto de los últimos cuatro años sin excepción, haya o no disminución de valor. Es lo que están asumiendo los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid, de Cataluña, Comunidad Valenciana, o el de Castilla y León, en varias sentencias emitidas.

En Galicia, el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña ha adoptado este último criterio, y está anulando todas las liquidaciones del impuesto municipal de plusvalía, sin excepción, exista o no incremento de valor. Contra dos de sus sentencias el Concello de A Coruña han interpuesto un recurso directo ante el Tribunal Supremo que los ha admitido a trámite, por lo que fijará el criterio definitivo a seguir.

Mientras tanto, el TSXG ha decidido suspender los procesos en trámite sobre esta cuestión a la espera de que el Tribunal Supremo fije el criterio. Por lo que, en lo que se refiere al impuesto del incremento del valor de los terrenos (plusvalía) existe esa probabilidad de que se terminen anulando todas las autoliquidaciones de los últimos cuatro años sin excepción, como indican estas fuentes judiciales.

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