El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, TSXG, ha confirmado la sentencia de la Audiencia y desestima el recurso de apelación presentado por dos personas condenadas por tráfico de drogas en el casco histórico de la ciudad a sendas penas de tres y cuatro años de prisión, y multa de 21.000 euros.

Los hechos se produjeron a raíz de una intervención de la policía judicial en el número 35 de la calle Libertad el 21 de julio de 2016, tras un dispositivo de vigilancia iniciado el 9 de junio de ese año al recibir información sobre una posible venta de droga en ese local.

La intervención se saldó con tres detenidos, J.L.L.Q. y su pareja, M.T.G.L., así como a un tercer individuo, J.L.S., que fue absuelto al no quedar acreditada su colaboración en la venta de droga. En la redada fueron intervenidos cerca de 200 gramos de cocaína, 1,752 gramos de heroína, balanzas de precisión y siete teléfonos móviles.

Las defensas consideran que se "vulneró el derecho de inviolabilidad del domicilio" por falta de motivación, y que la droga incautada que podría haberla llevado al piso cualquiera de los toxicómanos que acudían allí para consumir en grupo.

El TSXG considera que la sentencia recurrida justifica la existencia de "sólidos indicios" para la entrada a la vivienda, basada en un dispositivo de vigilancia previo. Sostiene el fallo que la droga incautada en el domicilio, las actuaciones policiales y las declaraciones en juicio "ponen de relieve la conclusión que dejó establecida" la propia Audiencia en su sentencia, al asegurar que la "posesión y tenencia era conjunta" por parte de ambos recurrentes. El dinero y demás efectos ocupados "son expresivos de su vinculación con la actividad delictiva".

Cabe recurso ante el Supremo.