La magistrada del Penal Número 1 dejó ayer visto para sentencia el juicio contra un ourensano de 43 años que está acusado de maltratar a su hija menor, en junio de 2015, durante un permiso de fin de semana en régimen de custodia compartida. Presuntamente, el progenitor entró en el baño cuando la adolescente había terminado de ducharse, la agarró por el cuello y la insultó e intimidó. Según la defensa, el encausado en ningún momento agredió a la joven, en cuya declaración ve contradicciones, sino que la llamó tres veces a cenar pero ella no quería salir.

La fiscal mantuvo su petición de condena tras la celebración del juicio, que tuvo lugar a puerta cerrada para velar por la integridad de la menor. Tanto ella como su madre declararon por videoconferencia. El padre se enfrenta a una solicitud de 10 meses de prisión -si hubiera prestado su conformidad, el castigo habría consistido en trabajos en beneficio de la comunidad-, la privación del derecho de tenencia y porte de armas durante 2 años y día, así como una pena de alejamiento a una distancia de 200 metros de la menor por un tiempo de 2 años. Durante ese periodo tampoco podría comunicarse con ella. La fiscal pide, además, que el acusado indemnice a su hija con 300 euros "por el daño moral causado".

Tras la denuncia de los hechos, el juzgado de instrucción dictó una orden cautelar de alejamiento que, según la defensa, fue revocada por la Audiencia Provincial un mes más tarde. Pero la convivencia entre el progenitor y la menor cesó.

El incidente ocurrió sobre las 22 horas del 26 de junio de 2015, cuando la adolescente tenía 14 años. Acudía los fines de semana alternos al domicilio del encausado en la ciudad, en régimen de visitas. Según la versión de la Fiscalía, esa noche, cuando la menor había terminado de ducharse, el hombre entró presuntamente en el baño y la agarró por el cuello con ambas manos al tiempo que la insultaba. La adolescente no sufrió lesiones físicas pero sí "un gran nerviosismo", según la acusación, que califica lo sucedido como un delito de maltrato en el ámbito familiar. El progenitor lo niega. La juez resolverá.