El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense ha emitido una sentencia que anula conjuntamente la cláusula suelo y los gastos de tasación, registro, notaría y gestoría asociados a una hipoteca. El fallo, con fecha de 27 de noviembre de 2017, condena a la entidad financiera a recalcular y rehacer el cuadro de amortización del préstamo hipotecario y a devolver la totalidad de los gastos por la firma del mismo, que ascienden a 908,38 euros. Además, condena al banco al pago de las costas procesales.

Los demandantes, representados por Belén Polo Abogados, suscribieron el 28 de agosto de 2008 una escritura de préstamo para la adquisición de vivienda habitual con la entidad bancaria a un tipo mínimo del 3,80%.

En la sentencia la juez encuentra determinante la falta de transparencia de la cláusula suelo "ubicada entre una abrumadora cantidad de datos, dentro los cuales quedaba enmascarada y diluía la atención del consumidor, en un lugar secundario de la reglamentación contractual, y no en un lugar destacado, como le correspondería dada su afectación al precio del contrato".

Asimismo, añade la resolución que "la lectura notarial no suple el deber de información que recae sobre la entidad financiera y que se refiere al proceso de comercialización previo, no al otorgamiento de la escritura y que la mera claridad gramatical o formal de la cláusula no colma las exigencias de transparencia conforme a la jurisprudencia de TJUE y del propio TS".

La sentencia concluye que "todo ello impidió a los prestatarios hacerse idea cabal de su significado y trascendencia y la repercusión que la misma tendría en la economía del contrato, así como del real reparto de riesgos de la variabilidad del tipo de interés".

Sobre la cláusula de gastos de formalización de la hipoteca, la entidad deberá devolver todo el dinero que los deudores adelantaron en la formalización del préstamo, como son los gastos de Notaría, del Registro de la Propiedad y la gestoría, cuya suma asciende a 908,38 euros. El banco también ha sido condenado al pago de los intereses y las costas.

La sentencia no es firme y contra ella puede interponerse recurso de apelación.