La Audiencia Provincial ha condenado al empresario JM.V.G. a dos años y dos meses de prisión, y multa de 5.760 euros, por un delito de alzamiento de bienes, del que han sido absueltos su padre, sus dos hermanos y un amigo, acusados todos ellos por los mismos hechos. Fiscalía y acusación particular en representación de la entidad Antela Estación de Servicio habían solicitado penas de entre 3 y 8 años de prisión, acusando a los cinco de ponerse de acuerdo para crear una "sucesión de empresas" con el fin de eludir el pago de una deuda de 150.257 euros contraída entre enero y abril de 2006 por la firma Melissatrans S.L.

El único condenado es la persona que actuaba como apoderado de esta firma, dedicada al transporte de mercancías por carretera. La Audiencia descarta la existencia de una estafa al considerar que no existió "dolo precedente" cuando la empresa dejó de hacer frente a los pagos de carburante pero sí advierte "una actividad plenamente coordinada para sustraer del patrimonio de Melissatrans S.L. los únicos vehículos que carecían de gravámenes sobre los mismos, y además para proceder a la constitución de una nueva sociedad, que sustituyendo a la anterior, evitase cualquier reclamación patrimonial sobre la misma derivada de las deudas generadas en la anterior actividad". De esta forma, la entidad no solo eludía el embargo de dos camiones, sino que conservaba la facturación de su principal cliente.

De esta práctica señala el tribunal como responsable a JM.V.G., por ser el que realizaba las funciones propias de administrador ya que contaba con un amplio poder desde 2003. Añade que "en todo este curso de enajenaciones no se aprecia la existencia de precio, ni se abona cantidad alguna, pretendiéndose exclusivamente con esta dinámica, impedir que los bienes pudieran ser objeto de embargo y responder con su valor de las deudas de Melissatrans".