Move Boborás aclara que la Audiencia Provincial no absolvió al alcalde, Cipriano Caamaño de los delitos de prevaricación urbanística y contra la ordenación del territorio, sino que acordó el sobreseimiento provisional porque los delitos estaban prescritos. Y debido a no estar "motivado" el auto, piensa interponer recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Desde Move Boborás apuntan que es un archivo provisional de la causa, alegando prescripción, por lo que "no niegan que haya existido delito, que es distinto de absolver". Dice "no se continúa la investigación".

Añade que ante estos casos la ley no prevé recursos ordinarios, recurso de casación, pero el auto de la audiencia carece de "motivación" y se limitan a archivar cuando "todas las resoluciones judiciales deben dar una motivación y resolver todas las cuestiones que le planteen". Y a mayores, el auto se basa para decir que no hay prevaricación en que los querellantes votaron a favor del PXOM cuando "fue en contra y está el acta aportada".