Las resoluciones judiciales contrarias a la política de Personal del Concello se han convertido en una constante. La última, del Juzgado Conencioso-Administrativo, después de anular el decreto de la edil de Recursos Humanos, para la convocatoria y bases de la provisión urgente, en comisión de servicios, del puesto de educador social del Centro de Información de la Mujer, ordena convocar y resolver ala mayor brevedad la provisión definitiva del mencionado puesto mediante el sistema de concurso establecido en la Relación de Puestos de Trabajo del Concello. Y condena al concello al pago de las costas del proceso.

De esa forma estima el recurso presentado por el grupo socialista, aunque el magistrado considera de interés "el precedente de la sentencia dictada por el mismo juzgado", recurso presentado por UGT, por la que se anulaba el decreto de la entonces directora xeral de Recursos Humanos, Carmen Rodríguez Dacosta, "quién paradójicamente, figura entre los aquí demandantes", como edil del grupo socialista. Una anulación que estaba relacionada con la convocatoria para la provisión urgente, en comisión de servicios, de ocho jefaturas de servicio. Una sentencia, que como recuerda el magistrado, fue confirmada en apelación por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Una resolución judicial en la que "se censura la practica generalizada en el concello de cubrir los puestos vacantes de funcionarios -sobre todo jefaturas- mediante nombramientos urgentes y provisionales en comisión de servicios". Y hace referencia a las modificaciones que de la Relación de Puestos de Trabajo hizo el gobierno socialista, y que no sólo no procedía a corregir el actual gobierno popular, sino que, como sucede en este y oro caso, utilizó el mismo procedimiento, por el que se viene de condenar al concello a convocar el concurso.