Ocho de cada diez parques de Ourense están pensados para personas con algún grado de minusvalía, según los datos del propio Concello. Este también recoge que todos los espacios recreativos -zonas de columpios como tal- de la ciudad "están adaptados". Sin embargo, lo cierto es que estas cifras tan elevadas distan de un concepto claro: la plena inclusión e integración en la sociedad de los jóvenes con discapacidad.

En el horizonte, un proyecto de construcción de un área que reúne dichas necesidades: la Alameda do Cruceiro -prevista para el año 2018-, pero por el momento no existe nada. La ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal obliga a los organismos autonómicos y municipales a adaptar sus espacios urbanos al completo, entre otro mobiliario, a partir de 2019 -sin tener en cuenta los edificios públicos, que deben estar preparados para antes de diciembre de este año-. La Confederación Gallega de Personas con Discapacidad (Cogami) o Aixiña consideran que se podría hacer mucho más de lo que se hace para ayudar a los ciudadanos con alguna clase de dificultad, que, aunque conformen una minoría, cuentan tanto como cualquier otro.

Parques realmente adaptados

Según el gobierno municipal, todas las estaciones de juegos de los parques de la ciudad "están adaptadas", ya sea a través de "columpios más anchos" -como los del parque de San Lázaro, O Pino o Vista Hermosa- o con "aparatos de nidos de pájaro". No obstante, el término "adaptado" responde a otras necesidades mayores. "Lo que se está haciendo es poner un solo columpio para personas con movilidad reducida, y se cree que con eso ya está todo solucionado; eso no es un parque adaptado", explica Luisa Miranda, consultora de accesibilidad de Cogami.

Por esta razón, las estadísticas del Concello de Ourense pueden sonar a hipérbole. Y es que un área recreativa realmente no exclusiva incluiría "un número mínimo de bancos habilitados -1 por cada 5 o agrupación-, un suelo correspondiente, un acceso adecuado, una plaza de aparcamiento para estas personas con dificultades, las distancias entre columpios para facilitar los giros o contrastes de color", añade la representante de Cogami.

Lo ideal, además, sería que estos espacios fuesen inclusivos, apunta Miranda: "Hay columpios que son para niños con discapacidad, pero también para los que no la tienen, son los llamados "inclusivos", que, a elegir, son los mejores porque valen para todos y pasan desapercibidos". Desde la asociación Aixiña, en la misma línea, opinan que "es demasiado que se afirme que el 80% de los parques de Ourense están adaptados para cualquiera", por las razones antes expuestas.

Para más inri, la ciudad tampoco cuenta con ningún aparato de recreo que pueda elevar a un joven en silla de ruedas, precio y uso aparte. Lo cierto es que esta carencia es compartida por la mayoría de lugares de Galicia, pero no es consuelo.

La legislación

Hay actualmente dos normativas encargadas de amparar la accesibilidad para los ciudadanos con algún tipo de limitación: la orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, del Ministerio de Vivienda, y la ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad, de la Xunta de Galicia. En cuanto a esta última, todavía no está redactado el proyecto técnico, por lo que, a nivel autonómico, hay que retroceder 17 años para encontrar una hoja de ruta al respecto, concretamente al decreto 35/2000, de 28 de enero, de la Consellería de Sanidade e Servicios Sociais.

Por lo que se ciñe al dictado del Gobierno español -de aplicación de la ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (Liondau); y del Real Decreto 505/2007, de 20 de abril-, este exige que los organismos públicos activen los mecanismos necesarios para hacer de sus espacios públicos zonas de convivencia para todos los colectivos a partir del 1 de enero del 2019. ¿A quién hacer caso entonces? En estos casos, uno debe atenerse a la legislación más exigente, es decir, la estatal.

"La discusión no es entre autonomía y Estado, sino que la ley del 2014 no se está aplicando por cuestiones de un decreto autonómico que, a su vez, no fue actualizado con respecto a la legislación española", corrobora Manuel de Lario, otro de los consultores de accesibilidad de Cogami.

Obligaciones

¿Qué contempla la orden VIV/561/2010? En sus artículos 7 ("Parques y jardines") y 8 ("Sectores de juego") se menciona que todas las instalaciones, actividades y servicios deberán estar conectados entre sí y con los accesos mediante, al menos, un itinerario peatonal accesible; también que en estas rutas peatonales se admitirá la utilización de tierras apisonadas con una compactación superior al 90%, que permitan el tránsito de peatones de forma estable y segura, sin ocasionar hundimientos ni estancamientos de aguas; y que queda prohibida la utilización de tierras sueltas, grava o arena. Por otro lado, se especifica que los elementos de juego deben permitir la participación, interacción y desarrollo de habilidades por parte de todas las personas, y que es obligado introducir contrastes cromáticos y de texturas entre los juegos y el entorno para favorecer la orientación espacial y la percepción de los usuarios. En cuanto a las mesas, estas tendrán que reunir ciertas características: anchura de 0,80 metros, como mínimo; altura de 0,85 m, como máximo; espacio libre inferior de 70×80×50 centímetros (altura×anchura×fondo), como mínimo. Además, se establece que, junto a los elementos de recreo, se preverán áreas donde sea posible inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro para permitir la estancia de vecinos en silla de ruedas, y dichas áreas en ningún caso coincidirán con el ámbito de paso del itinerario peatonal accesible.

Otra de las exigencias es la señalización de los aparatos adaptados o inclusivos, un problema en muchas ocasiones, pues "hay muchos sitios en los que la gente no sabe que ciertos columpios son para personas con movilidad reducida", sentencia Luisa Miranda.

Una de las principales problemáticas de este solapamiento de directrices, según De Lario, es que "hay proyectos que se ajustan a la normativa del 2000 porque la competencia de la accesibilidad corresponde a la administración autonómica, y los concellos tienen la responsabilidad de hacer un seguimiento de su cumplimiento, entonces hay determinadas obligaciones que no se llegan a aplicar".

Por su parte, el gobierno local tiene en mente "dotar a la ciudad de más parques y elementos para personas con discapacidad", siendo su proyecto estrella el espacio de la Alameda do Cruceiro, previsto para el año que viene, y que contará, dicen, con "una infinidad de áreas de juego inclusivas". De entre los últimos parques adaptados en Ourense están el de la Avenida de Zamora y el situado en el barrio de O Pino.