El magistrado del Contencioso Administrativo 1 de Ourense, Francisco de Cominges, ha desestimado la demanda de una particular que reclamaba una indemnización de 1,17 millones de euros por los perjuicios derivados de la no detección en fase prenatal del síndrome de Down que padece su hija, nacida en un parto de trillizos por cesárea, en septiembre de 2011, tras un tratamiento de inseminación en el CHUO. Los padres se quejaban de la "defectuosa asistencia sanitaria" prestada por el Sergas y argumentaban que, al desconocer tanto esa dolencia como otra enfermedad cardíaca asociada, no tuvieron la posibilidad de elegir si abortar. La niña fue intervenida tras nacer y sigue en tratamiento, necesitando atención especial por parte de sus padres. Ellos defienden que el problema debió de ser detectado durante el embarazo. El Sergas alegó que desde el principio la paciente fue informada de los riesgos de un embarazo triple, así como de la posibilidad de hacer una reducción embrionaria al inicio. Le efectuaron pruebas durante el proceso de gestación y ninguna detectó malformación. El juez descarta mala praxis basándose en la declaración con "congruencia y coherencia" de cuatro médicos. "Desde un primer momento se le dio un trato especial al embarazo", pero "el estado de la ciencia médica en 2011 no permitía detectar al 100% una posible malformación, resultando la patología de difícil detección, sobre todo en un caso de trillizos". Un aborto avanzada la gestación podría poner en riesgo a los otros dos fetos y a la madre, añade.