La Audiencia ha impuesto una condena de cuatro años de prisión a un hombre de 86 años por un delito continuado de abusos sexuales a la menor que cuidaba su esposa. La sentencia, contra la que cabe recurso, le prohíbe también acercarse a la víctima, a su domicilio o al centro de estudios durante el plazo de cinco años. Además, establece una indemnización de 2.000 euros para la menor y el pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.

El tribunal considera probado que el acusado, con intención de satisfacer sus deseos sexuales y aprovechando que su mujer cuidaba de la menor, "en un número indeterminado de ocasiones", sometió a tocamientos a la niña en el salón de su casa cuando su esposa se ausentaba para hacer compras u otras ocupaciones domésticas. El octogenario, describe la sentencia, la tocaba "tanto por encima como por dentro de la ropa, sin que conste el empleo de violencia o intimidación, llegando a instar a la menor, tras bajarse los pantalones, para que le tocara el pene". La niña no accedió a estas pretensiones y acabó contando a su madre lo que ocurría en aquella casa, pidiéndole que no la llevase más allí. No se ha podido precisar cuándo ni cuantas veces se produjeron dichos abusos pero sí que se realizaron de forma continuada desde mediados de 2014, cuando la niña tenía 6 años, hasta enero de 2016.

El acusado negó estos hechos en el juicio celebrado la pasada semana en la Audiencia pero el tribunal ha considerado que la declaración

de la víctima es "prueba de cargo suficiente" para estimar acreditada la existencia del delito de abuso sexual. Destaca la sentencia que la menor "ha venido manteniendo desde su primera manifestación idéntica versión de lo ocurrido, sin contradicciones". Asimismo, la veracidad del testimonio está refrendada por la prueba pericial practicada en el juicio por la psicóloga del IMELGA, y por el profesional al que acudieron los padres de la menor antes de formular la denuncia. Ambos pusieron de manifiesto la "credibilidad" del relato de la niña "no habiéndose apreciado fabulación", indica la sentencia.

Ambos psicólogos calificaron los hechos descritos por la pequeña como un "relato libre, idéntico en las tres ocasiones en las que declaró, espontáneo, y en el que, con aplicación del método empleado, se cumplían un número de criterios que hacen que su declaración resulte creíble".

La sentencia rechaza la circunstancia agravante por la edad de la menor que plantearon tanto el ministerio fiscal como la acusación particular y que elevaba su petición de pena a seis años de prisión y establece cuatro años de cárcel y un día.