Una pareja de encausados construyó un cenador de 20 metros cuadrados, vinculado a su casa, en Padrenda. Empezaron la obra en julio de 2011 y dejaron en manos del constructor las cuestiones relativas a las licencias. El juez adscrito al Penal 2 los absuelve de un delito contra la ordenación del territorio, puesto que en junio de 2016, el alcalde dictó una resolución que legalizaba dicha obra.

El arquitecto municipal declaró en el juicio que la obra reunía todos los requisitos para ser legalizada En 2014, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) ordenó la demolición, por superar la ampliación el 10% de la superficie previa. Pero los dueños alegaron aportando un dato mayor de superficie real de la vivienda que acreditaba que el cenador no superaba el 10%.