La fiscal pidió 9 meses de prisión y 2 años de alejamiento. La abogada de la víctima solicitaba una mayor distancia mínima -300 metros- y duración de la orden (3 años). El juez adscrito al Penal 2 impone 40 días de trabajos sociales -que serán 6 meses de cárcel, si no los acepta-, la privación del derecho a llevar y poseer armas durante 2 años, y la prohibición de acercarse a menos de 200 metros, o de comunicarse con la víctima durante 1 año. El magistrado condena a Benito P. J. autor por coacciones leves.

Víctima y encausado tuvieron una relación durante varios meses, que se inició en septiembre de 2012. La Fiscalía sostuvo que, tras no aceptar la ruptura, el individuo atosigó a su expareja. El juez no ve probado que fuera él quien le dejó un ramo de rosas dentro de casa, ni tampoco que le enviase correos electrónicos, reiteradamente, después de la ruptura. No hay pruebas de que le dejara notas por debajo de la puerta, ni que la llamase de manera insistente por teléfono, recoge la sentencia, que aún admite apelación a la Audiencia.

En cambio, sí queda probado que tras la ruptura, Benito se presentó varias veces en el domicilio de la mujer, a la que también siguió en varios desplazamientos. En septiembre de 2013, pidió a una amiga de la víctima que le consiguiese ropa interior, para "llevarla a una bruja bajo el pretexto de que estaba poseída".