El juicio por la agresión con un "huevazo" a Gonzalo Jácome tras un pleno en Ourense lleva camino de repetirse en otro tribunal, tras una posible asignación errónea del caso. Al tratarse de un delito agravado de atentado porque la víctima es un cargo público en el ejercicio de sus funciones, la instancia competente sería la Audiencia Provincial, no el juzgado de lo Penal. La magistrada que celebró la vista a principios de abril, la titular del Penal Número 2 Susana Pazos, detectó el posible error y, en vez de dictar sentencia, ha notificado un auto a las partes para anticipar la posible nulidad del juicio. La juez solicitó un informe a la Fiscalía y a la defensa antes de decidir si las actuaciones se retrotraen para después ser elevadas a la Audiencia Provincial, que repetiría la vista contra el presunto agresor del concejal y líder de Democracia Ourensana (DO).

Roberto C. R. R. , que no acudió al juicio celebrado el 4 de abril en el Penal 2 de Ourense, estampó presuntamente un huevo con un manotazo a Gonzalo Pérez Jácome cuando el edil abandonaba la casa constistorial tras intervenir en un pleno, el 10 de abril de 2015. El político se había mostrado muy crítico, como acostumbraba, con la subvención del ayuntamiento a la banda municipal, que suponía unos 350.000 euros anuales. El acusado, conocido según Jácome de algunos de los integrantes de la formación, agredió presuntamente al edil tras acercarse a él por detrás, en la Plaza Mayor. "Iba caminando y sentí un golpe fortísimo y escucho: "Ahí te queda eso, para que aprendas", relató Jácome en el estrado. Según su declaración en el juicio que amenaza con repetirse, el agresor justificó el hecho por sus críticas a la banda de músico: "Me dijo que me estaba pasando".

El autor fue juzgado en ausencia, tal y como permite la ley cuando la pena posible no supera los 2 años de prisión. El fiscal mantuvo su petición de 2 años, multa de 1.080 euros por el delito de atentado más otros 180 por las lesiones leves. Para el ministerio público la agresión sufrida por el concejal supone un ataque al principio de autoridad. "Fue agredido por su actuación como miembro de la corporación local", defendió el representante del ministerio público en la vista del penal.

La defensa sostuvo que el agresor no pertenecía a la banda y que desconocía la condición de edil de Jácome. Pidió que los hechos se catalogaran como delito leve. Antes del juicio que podría quedar en nada, Jácome declaró a la prensa que actos como los que él sufrió a la salida de un pleno deben ser condenados "porque, si no, se estaría invitando a cualquier animalciño a que cercene la democracia, y los políticos tendrían miedo a decir lo que creen".

El que agredió al alcalde en campaña, ante la Audiencia

El artículo 550 del Código Penal establece que son autores de un delito de atentado "los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". La pena está agravada si la víctima es un político con un cargo público, o bien un fiscal o un juez (apartado 3 del tipo).

Este delito llevará probablemente al agresor de Jácome ante la Audiencia Provincial, al igual que al que en la campaña electoral de las generales de junio de 2016 golpeó al alcalde, Jesús Vázquez (PP), y a una funcionaria a la salida de la casa del Concello. En este caso, la instrucción acertó remitiendo la causa a la Audiencia Provincial. Jordan M., el presunto agresor del alcalde -le dio una patada en el estómago-, se enfrenta a 2 años de prisión más multa.