La situación en la que se encuentra la actual intendente de la Policía Local, María Barrera, es objeto de polémica, ya que la comisión de servicio que la llevó a ese cargo, por un periodo de dos años, habría caducado el pasado mes de enero, con lo que eso lleva consigo en lo que se refiere al ámbito administrativo. La concejala de Recursos Humanos y Personal, Flora Moure, reconocía ayer no saber en que situación jurídica se encuentra, para evitar cualquier pronunciamiento al respecto.

Moure se escudó en que "de memoria no sé cual es la situación", para añadir que "se verificará". Además de señalar que por parte del sindicato policial del SPPME se había solicitado por registro conocer la situación de la actual jefa de la Policía Local, con la que mantiene discrepancias por el nuevo cuadrante de horarios de la plantilla, que pasó a ocupar el puesto de mando que hasta ese momento desempeñaba Abelardo Ulloa, imputado en la operación Pokemon.

Y aunque la concejala de Recursos Humanos pretende incluir el caso de la jefa de la Policía Local dentro de las comisiones de servicio que existen en el Concello, la realidad es que se trata de un cargo que afecta a un servicio "sensible", en este caso de seguridad que puede llevar consigo otro tipo de responsabilidades.

Eso al menos es lo que entienden fuentes jurídicas consultadas por FARO, al explicar que cuando se cumple el plazo de la comisión de servicio, en este caso de dos años, se cesa en sus funciones de manera inmediata, como así lo establece la legislación vigente.

Advierten además que como no se produjo ningún tipo de resolución cambiando la situación administrativa de la actual jefa de la Policía Local, eso lleva consigo que todo lo que firmó, desde el mismo momento en que caducó la comisión de servicio que amparaba su permanencia en el cargo, sería "causa de nulidad".

En este sentido, y atendiendo a varias sentencia dictadas sobre este tipo de situaciones, las reclamaciones que se puedan producir por los actos administrativos: informes vinculantes, multas y otras decisiones que lleven su firma, se considerarían como resoluciones de un "órgano manifiestamente incompetente", según estas mismas fuentes judiciales.

Otra cuestión es la responsabilidad en la que pudo haber incurrido la jefa de la Policía Local, ya que debe ser conocedora de que caducó su comisión de servicio, así como de la propia concejala de Recursos Humanos, al tener obligación de contar con un cuadrante con la situación del personal en comisión de servicio.