La juez del Penal 1 de Ourense ha absuelto a un acusado de un delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol por no haberse podido acreditar que, efectivamente, el acusado llegó a circular con el vehículo en ese estado de embriaguez el 16 de agosto de 2015.

De hecho, cuando la Guardia Civil lo detectó no estaba en el interior del coche, estacionado en el arcén de la A-52 en las inmediaciones de Xinzo, sino por detrás de la valla protectora de animales, "haciendo el amor con una señorita", tal y como declaró el agente en la vista. En el interior del vehículo había una tercera persona que aseguró que el conductor, refiriéndose al acusado, "estaba vomitando".

También el imputado asumió en ese momento que él era el conductor y la mujer que le acompañaba lo mismo, aunque después intentaron cambiar esta versión ya que el imputado tenía el permiso de conducir retirado. No obstante, la sentencia le exime de castigo por falta de pruebas del momento exacto en el que realizó la conducción. Prevalece pues, dice el fallo, la presunción de inocencia.