La titular del Juzgado de Instrucción número 3 y Violencia de Género de Ourense, Eva Armesto, seguirá al frente de la investigación del caso Baltar en el que se investiga al presidente de la Diputación, José Manuel Baltar, por posibles delitos de acoso sexual, prevaricación y tráfico de influencias vinculados a la denuncia presentada en octubre de 2015 por una mujer, M.T.F.C., que lo acusó de ofrecerle trabajo a cambio de sexo. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha desestimado la recusación presentada por el también presidente del PP de Ourense contra ella, y a la que también se había adherido la representación procesal de su padre, José Manuel Baltar Pumar, investigado también en este procedimiento.

El incidente de recusación se fundamentaba en una supuesta "enemistad" de la juez Eva Armesto e incluso una "confabulación" con la denunciante-investigada, pero los magistrados de la Audiencia han entendido, y así lo reflejan en el auto dictado ayer, que "lo que se pretende es el apartamiento de la instructora con la finalidad de sustituir su imparcial criterio por otro que se ajuste más a los subjetivos intereses de las partes promoventes". Esto, añade "supone la falta de todo rigor en el recurso que se ha utilizado", de ahí su rechazo.

De esta forma, la magistrada seguirá adelante con el caso, parado desde el pasado mes de diciembre cuando, a raíz de la recusación, la instructora se apartó del mismo dejando paso a un sustituto en tanto el trámite se resolvía en la Audiencia. Llegado este punto, la juez podrá solicitar más pruebas o dictar auto de transformación en procedimiento abreviado o de archivo.

El tribunal reprueba que el escrito inicial de recusación, en lugar de concretar el sustrato objetivo de la supuesta enemistad manifiesta, "parece inferirlo de la propia actuación profesional de la instructora". Esto ya evidencia, continúa el auto, "que la recusación planteada está llamada al fracaso, puesto que, si ni siquiera especifica en qué radica objetiva o subjetivamente la parcialidad de la instructora, esto es, en qué consiste su especial interés, su amistad o enemistad, o con cuál de las partes personadas, mal puede ser la misma acreditada".

Los recusantes deberán hacer frente al pago de costas.