Antonio Pérez, alcalde de Xinzo de Limia desde octubre de 2010, tiene su futuro político en manos de la justicia. Sin militancia en el PP desde el 30 de noviembre, tras la apertura del juicio oral, pero con el apoyo del partido para seguir gobernando hasta que haya una sentencia, el alcalde será juzgado por presunto enchufismo en octubre de este año. El Penal 1 de Ourense ha reservado la semana del 2 al 6 de octubre para el caso, entre otras razones porque están citados más de 20 testigos. La Fiscalía y el principal sindicato del ayuntamiento, la CIG, piden 10 años de inhabilitación para todo empleo o cargo público. Pérez está acusado de un delito de prevaricación continuada. Su defensa, en un escrito de más de una veintena de páginas, trata de desmontar dicha imputación. Acusado de contratar a las personas que él quiso obviando informes contrarios de secretaría-intervención, el representante del regidor alega que no solo no hubo advertencia previa de ilegalidad por parte del secretario o su adjunta, sino que las objeciones fueron redactadas "en fechas muy posteriores" a los contratos, "con lo que no pudieron ser dados a conocer al alcalde a la hora de la contratación".

La causa que lleva al banquillo al primer edil de Xinzo se abrió a finales de 2013 tras varias condenas de los dos magistrados de lo contencioso de Ourense, quienes apreciaron desviación de poder en contrataciones de eventuales que fueron sumando altas encadenadas, con el riesgo de convertir a temporales en indefinidos sin las debidas pruebas selectivas. Imperaba un contexto de restricciones por parte del Gobierno central para contener el déficit.

La anulación de los contratos de Xinzo partió del abogado del Estado de Ourense, con despacho en la Subdelegación del Gobierno. Al expediente de los 9 procedimientos de nulidad -que se saldaron con el mismo número de condenas en el ámbito contencioso- se incorporaron los informes de secretaría-intervención. La defensa subraya que "todos y cada uno habían sido creados mucho tiempo después de la fecha del contrato que decían informar, escribiéndose en cada uno de ellos la fecha del contrato que se quería aparentar. Algunos habían sido creados después de que el contrato que decía informar se hubiera extinguido". En el escrito de defensa se detallan supuestos retrasos de 6, 7, 8 o 9 meses. En su declaración como investigado, Pérez sostuvo que desconocía los reparos porque, según él, las fechas fueron falseadas y algunos eran hasta 6 o 9 meses posteriores.

Pérez, "enfrentado" con ellos

Entre el secretario y la adjunta -ya no ejercen en Xinzo- y el alcalde se produjo un enfrentamiento. Antes, dice el abogado, mantenía una "fe absoluta" en el secretario e incluso una amistad "que cesó al descubrir la realidad oculta en los informes de secretaría e intervención". El argumento que ahora basa su defensa ya fue denunciado ante el juzgado de Xinzo, aportando copia de los documentos de fiscalización supuestamente falseados. La autoridad abrió diligencias previas en 2013 pero la investigación penal fue archivada.

Por las sospechas contra los técnicos, el acusado ordenó intervenir el ordenador del secretario municipal, dando lugar a una contra-denuncia de los funcionarios. El secretario y su adjunta fueron al juzgado por el precinto del equipo informático. El tribunal abrió otras diligencias penales, en 2014. También las sobreseyó. En esa causa los técnicos reconocieron un retraso en la emisión de informes por escrito de sus advertencias verbales -que sí hubo, según ellos-, por causa del exceso de trabajo. La fecha de los informes contrarios se correspondía con el día de las advertencias verbales, aunque la elaboración de los documentos fuera muy posterior. La defensa cuestiona por qué no informaron de la disparidad con las fechas.

La Fiscalía sostiene que, entre 2012 y 2013, el regidor contrató por decreto, para relaciones temporales, a dos peones de la limpieza, una limpiadora y una auxiliar administrativa. En otras ocasiones, según el ministerio público, el regidor "prescindió del acto administrativo expreso del decreto de Alcaldía, procediéndose directamente a elaborar los contratos con las personas por él designadas previamente". La fiscal enumera 5 contratos de este tipo a 4 trabajadores.

Según la acusación pública, el alcalde obró "con conciencia de que faltaban los requisitos básicos de cualquier contratación pública, como es la publicidad, para que cualquier persona pudiera acceder, privando el acceso a la función pública de acuerdo a los principios de mérito y capacidad". Subraya el Ministerio Fiscal que en la mayoría de los contratos "existía única y exclusivamente una petición a la Alcaldía por parte de los responsables de los diferentes servicios".

La fiscal concluyó que todos los contratos "fueron celebrados a pesar de que el alcalde fue informado de su ilegalidad tanto por parte de la secretaría como por parte de la intervención del concello". El ministerio público recalca que al regidor "se le puso de manifiesto el incumplimiento, durante la tramitación de los procedimientos de contratación de los trabajadores, de los trámites necesarios para constatar el cumplimiento de los principios constitucionales que deben regir". Añade la Fiscalía que "también se alertó del riesgo" de que los trabajadores temporales se convirtieran en indefinidos del concello, así como de las restricciones que establecía la normativa estatal en materia de restricción del déficit.

Sin "reparos" en las juntas

Las peticiones desde las concejalías sobre la necesidad de una contratación se trataban en la junta de gobierno. En los 9 casos objeto de análisis se admitió la razón de urgencia. "En ninguna de las reuniones", dice la defensa, "el secretario emitió reparo ni advertencia de ilegalidad en forma verbal". Además, el letrado aduce que "ni se produjeron ni podían producirse", porque habrían de ser por escrito y previo a la adopción del contrato.

Sobre la vulneración del procedimiento legal que se le imputa, el alcalde se escuda en que tenía "conocimientos genéricos" de la forma en que contratar, cuyo trámite y "paso a paso" corresponde al secretario, más allá de la supervisión; intentará hacer ver la defensa. Según esta línea argumental, Antonio Pérez desconocía el proceso hasta que llevaban el decreto o contrato para su rúbrica. "El alcalde leía -y no con el detenimiento que debiera-", expone la defensa, "los documentos que firmaba". Si ponía su nombre al pie era "bajo la convicción de que si se la traían a firmar era que el expediente había sido tramitado en forma correcta y no existían obstáculos legales".

Tenía "fe en la legalidad"

La defensa alude en varios pasajes a la tesis del engaño. Antonio Pérez "descansaba en la certeza absoluta de que si algún trámite no podía llegar a su culminación por cualquier tipo de defecto, el secretario e interventor le alertaría formulando un escrito de reparo o de advertencias de ilegalidad". Como según el regidor no hubo ninguno, "la fe en la legalidad era absoluta, en tal medida que hasta después de la primera sentencia ni por un segundo pensó en que se hubieran presentado documentos oficiales que aparentaban una realidad cuando escondían otra".

Entre otros argumentos más -el escrito es prolijo-, la defensa sostiene que algunos de los contratos atribuidos son de trabajadores ya empleados con anterioridad por su predecesor, Isaac Vila.