El Tribunal Supremo anula de forma definitiva el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) del Concello de Verín al estimar el recurso de casación interpuesto por el abogado Antonio Feijóo contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, al considerar que el plan general vulnera la Ley de Aguas, porque en su aprobación no ha sido precedida de una adecuada garantía en cuanto a la suficiencia y disponibilidad de los recursos hídricos.

En definitiva, el Supremo considera que el Plan urbanístico no garantiza que haya agua suficiente para afrontar los desarrollos urbanísticos que prevé en todo el término municipal, que se habían modificado, con importantes incrementos, que en su momento también fueron objeto de otros recursos presentados.

En cuanto a las consecuencias, las versiones difieren, entre las que señala el letrado, que las considera "muy importantes", ya que afecta a múltiples actuaciones urbanísticas que se hallan en curso y sobre las que pesan recursos ante los tribunales, y la que hizo el alcalde, Gerardo Seoane, que las circunscribe a las edificaciones unifamiliares, aunque reconoce la "importante dimensión" que tiene la anulación

Lo que anunció el regidor a FARO, además de manifestar que se trata de "una mala noticia y solo queda acatar la sentencia", es que la actuación inmediata que por parte del gobierno municipal que se pondrá en marcha pasa por elaborar un nuevo planeamiento, "pero contando con todos".

Y trasladar toda la responsabilidad al anterior alcalde popular y actual senador, Jiménez Morán, por la "intolerancia con los ciudadanos" que derivó en una anulación del plan que se viene a sumar a las otras dos. De ahí que es especialmente delicada la situación urbanística en la que la caída del plan deja al Concello de Verín.

Normas subsidiarias

Así, ahora volverán a regir hasta la aprobación de un nuevo Plan General las normas subsidiarias del planeamiento municipal de 1986, como explicó el regidor, que puso de manifiesto que antes de la sentencia del Tribunal Supremo, se procedió a dar curso a todas las licencias que cumplían con lo que establece la legislación vigente y que estaban pendientes.

Para concretar que la caída del plan tendrá un efecto directo a la construcción de viviendas unifamiliares en las denominadas zonas de expansión del propio concello que se contemplaban en el planeamiento ahora anulado. Pero no tanto a los "edificios colectivos", debido a que "la actividad del sector de la construcción no cuenta con mucha actividad, como sucede en otras zonas".

En lo que incide Gerardo Seoane, que elude pedir responsabilidades políticas a su antecesor, Jiménez Morán, por entender "que no sirve de nada, ya que hará todo lo contrario", aunque advierte que debería ser consecuente con la situación generada, es en trasladar a los ciudadanos un mensaje de "tranquilidad" frente a la "incertidumbre" que pueda generar la caída del plan.

Sostiene Seoane que la elaboración de un nuevo documento "participativo" debe llevar a marcar los parámetros del "futuro que queremos para Verín", dentro del marco del diálogo y abandonando la "intolerancia y otras cuestiones" que fue la pauta que se siguió en el proceso de elaboración del anterior planeamiento que viene de tumbar el Supremo.

En cuanto a la sentencia del Tribunal Supremo, responde a una doctrina jurisprudencial que obliga a extremar los controles a la hora de aprobar planeamientos urbanísticos de cualquier índole, especialmente en aquellos expansivos, con incrementos de edificabilidad, como lo es el ahora anulado, sin garantizar al propio tiempo la suficiencia de agua.