Ya en el mes de mayo, el juez Leonardo Álvarez dio por finalizada la investigación de un supuesto caso de espionaje en el PSOE de Ourense y señaló indicios de un presunto delito contra la intimidad en el proceder de dos cargos de la Ejecutiva Provincial, el policía ya jubilado Enrique Camoeiras y la excandidata al Senado el 20-D, Teresa Taboada, investigados por mirar los antecedentes de un compañero que, como ella, aspiraba a un puesto en la lista de las generales de diciembre, en el Congreso. José Arcos, abogado -llevó, entre otros, el caso contra Baltar padre- y exintegrante de la Provincial -se dio de baja del PSOE-, ejerce la acusación como perjudicado.

Aquella resolución de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado fue revocada por la Audiencia el 21 de octubre. El tribunal ordenó incorporar el auto motivado de las escuchas que destaparon el caso, así como una copia de las grabaciones. El magistrado de Instrucción 1, Leonardo Álvarez, está a la espera de recibirlo para volver a dictar la imputación formal. Después las acusaciones -Fiscalía y perjudicado- tendrán que solicitar la apertura de juicio oral o el archivo, así como fijar sus peticiones de condena. Los pinchazos fueron acordados por el juzgado de Instrucción 2 de Vilagarcía de Arousa, en el marco de otra investigación bajo secreto. El expolicía era uno de los que tenían el teléfono móvil intervenido. Se desconocen por ahora los motivos. El juzgado pontevedrés dedujo testimonio a Ourense tras apreciar indicios de un presunto delito de infidelidad en la custodia de documentos o revelación de secretos. Arousa remitió el atestado de Asuntos Internos donde se extractaba la conversación, pero no el CD con el audio. Las defensas solicitaron copia y la Audiencia les dio la razón, declarando inconclusa la instrucción cerrada por el juez Álvarez en mayo.

En septiembre de 2015, en pleno proceso de listas para las elecciones del 20-D, la escucha acordada en Vilagarcía de Arousa captó, sin ser el objetivo buscado, la conversación entre los dos investigados del PSOE de Ourense. Teresa Taboada, aspirante al Senado en las elecciones de diciembre y secretaria de Acción Electoral, llamó por teléfono a Enrique Camoeiras, integrante de la Ejecutiva y ex agente nacional. Esa charla quedó grabada. El agente usó presuntamente sus claves para entrar en la base de datos de denuncias y consultar los antecedentes y un atestado sobre Arcos, después de que Taboada dijera si se podía enterar de si el rumor que circulaba sobre un arresto del abogado por parte de la Policía Local, en el pasado, era cierto. Una infracción vial, en 2008, de la que salió absuelto por la justicia.

Negaron ánimo de hacer daño

Por error, el magistrado dedujo que la aspirante al Senado el 20-D y la más votada por la militancia de la provincia -renunció a repetir en la lista del 26-J por su situación judicial- pidió dicha comprobación al policía y compañero "porque podía ser un candidato que le disputase un escaño en el Senado". En realidad, Arcos era aspirante al Congreso. Fue el tercero más votado por la militancia, el primero de los hombres, por lo que le correspondería el segundo puesto por la corrección de género, pero finalmente fue situado de 4, en idéntica maniobra de Ferraz, con el visto bueno del ex secretario xeral José Ramón Gómez Besteiro, que retiró a Laura Seara de la apertura de la candidatura pese a ser la más apoyada para ir al Congreso, aupando de cabezas de lista a las dos cámaras a Rocío de Frutos y Luis García Mañá, actualmente con escaño. En la fase final de aquel proceso de listas, José Arcos presentó su renuncia.

En el auto anulado -aunque podría reproducirse una vez se reciba la resolución de las escuchas-, el juez dedujo que las versiones de los imputados jugaban en su contra. Camoeiras se acogió a su derecho a no declarar y Taboada "tampoco dio una explicación razonable". La ex aspirante al Senado aseguró a la prensa que no había existido ánimo de hacer daño a nadie, sino que se obró con la máxima discreción para no perjudicar a ningún compañero". Su versión es que el PP tenía la información y podría usarla contra el PSOE en campaña. Creía no estar cometiendo delito, "porque se supone que había una sentencia, y son públicas".

Según concluyó el instructor, el supuesto espionaje entre compañeros del PSOE de Ourense, consumido desde hace lustros por sus guerras internas, fue un acto delictivo aunque no haya pruebas para deducir que se hubiera divulgado la información sobre los antecedentes, después de que los tres cargos del partido citados como testigos, incluido el secretario provincial, Raúl Fernández, afirmaran al juez que lo desconocían. "Solo el hecho de que los dos investigados hayan accedido a los antecedentes policiales del señor Arcos es per se constitutivo de un perjuicio para el mismo. Consecuentemente, la conducta investigada es constitutiva de un delito contra la intimidad, pues toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a sus antecedentes policiales, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la ley, formando parte de su derecho a la intimidad", decía el auto revocado por la Audiencia Provincial.