El juez de Instrucción 2 de Ourense, Luis Doval, mantiene su criterio y, tras reabrir el caso de los altavoces por orden de la Audiencia, ha vuelto a decretar el sobreseimiento. Lo hace tras tomar declaración a tres testigos solicitados por la denunciante, la exconcejala del PSOE Áurea Soto. El magistrado niega la existencia de presuntos delitos de malversación o prevaricación en la compra, por parte del gobierno del PP de 2006, de altavoces nunca instalados que costaron 61.691,82 euros. El Concello de Ourense los adquirió al comercio de Gonzalo Jácome, que por aquel entonces aún no era edil.

En la causa, abierta en el anterior mandato municipal, en 2014, permanecía investigado el exedil del PP y anterior presidente de la Federación de Comercio, de Ourense Aurelio Gómez Villar. El actual asesor de Cultura de la Diputación queda exonerado por segunda vez (el primer archivo data de julio de 2015), aunque la resolución no es firme y cabe recurso, tanto de reforma ante el mismo juez como de apelación ante la Audiencia Provincial.

En octubre de 2006, el Concello materializó la compra de 295 altavoces, por importe de 61.691,82 euros, destinados a un proyecto de "sonorización das rúas do Centro Comercial Aberto". Gómez Villar era el edil responsable del área. Soto pidió que la imputación se extendiera a todos los integrantes de la junta de gobierno local que, con el exalcalde Manuel Cabezas (PP) al frente, aprobó la factura. El magistrado rechazó esa posibilidad hace unos meses.

Soto, contraatacando al sinfín de denuncias sufridas por el anterior gobierno, denunció la existencia de delitos sobre la base de que no existió un procedimiento de adjudicación del suministro y tampoco se contaba con crédito presupuestario ni autorización del gasto. La Audiencia reabrió el primer archivo tras verlo "prematuro" y ordenó la declaración testifical del interventor, la exedil del BNG Ana Garza y otra funcionaria.

El interventor ratificó en su interrogatorio lo que ya había manifestado, por escrito, en el informe de fiscalización de gasto del ejercicio de 2006. Consideraba ilegal el procedimiento seguido. El gasto de 62.000 euros "no respeta procedimiento de contratación alguno. La única factura que se presenta se aprueba por la Junta de Gobierno fuera del orden del día, sin ningún tipo de fiscalización previa e informe justificativo", advertía el técnico en la fiscalización de 2006.

El juez concluye que los testigos "no han aportado elementos de juicio de peso distintos de los que se tuvieron en cuenta en el auto de 28 de julio de 2015, por lo que en coherencia con lo argumentado en el mismo procede decretar el sobreseimiento de la causa".

"No hay apropiación de fondos"

Añade el instructor que "no se aprecian unos mínimos indicios de la comisión del delito de malversación en cualquiera de sus modalidades, a la hora contratar el suministro de equipos para sonorización del denominado Centro Comercial Aberto, teniendo en cuenta las circunstancias en que se realiza la contratación: en el ámbito de una subvención concedida por la Xunta de Galicia, sin que el mero hecho de que no llegasen a instalarse los equipos o altavoces implique que pueda colegirse tal delito, pues el material sí se entregó finalmente, aunque fuese con posterioridad, y estaba destinado a una finalidad publica determinada, aunque resultase frustrada", hila el magistrado de Instrucción 2. Según el criterio del juez, no existe "apropiación o distracción de fondos públicos constitutiva de infracción penal".

Respecto al presunto delito de prevaricación por no haberse seguido el procedimiento de contratación requerido por la cuantía de la factura, y también por la ausencia de publicidad y crédito previo, Luis Doval se ratifica en su primer sobreseimiento. Considera que este posible delito ya habría prescrito a fecha de la denuncia.