El Juzgado Social nº 3 de Ourense, resolvió 2 de las 4 demandas interpuestas por la UL de la CIG de Verín y A Limia, en representación de 71 trabajadores de la EP SEAGA, y se pronuncia a favor de las tesis defendidas por la central sindical, en el sentido de que los derechos y deberes de su personal, al carecer de convenio colectivo proprio, deben estar regulados por el convenio del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Según el sindicato, así se recoge en los artículos 45 y 46.6 de la Lei 16/2010 del Sector Público Autonómico, "no respetados ni por parte de la dirección de la SEAGA, ni por parte de la Consellaría do Medio Rural".

Con este fallo, dice que el personal de la SEAGA dio un paso importante, tanto en la normalización inmediata de sus derechos y obligaciones (retribuciones, descansos, vacaciones,...), "precarizados intencionadamente por la Consellería desde la creación de la empresa pública, como en la futura negociación colectiva que, ahora, suponemos, la dirección estará interesada en emprender, bajo riesgo de aplicación del convenio de la Xunta, de no hacerlo".

La GIG iniciará una campaña para extender el efecto de estas sentencias a todo el personal de SEAGA en Galicia.