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La exedil Áurea Soto, absuelta en firme del caso que la obligó a dimitir en 2015

La Audiencia tumba el recurso de la Fiscalía y una promotora, descartando "una desviación grosera de la norma" en la legalización del complejo urbanístico y un aparcamiento privado

Áurea Soto fue apoyada por sus compañeros del PSOE a su llegada al juicio, en noviembre. // Brais Lorenzo

Áurea Soto no cometió delito alguno en la gestión de la Plaza de San Antonio, un complejo urbanístico situado en el centro de Ourense que fue erigido en los noventa, gobernando el PP, pero cuya legalización, en 2007, llevó al banquillo a la exresponsable del urbanismo de Ourense entre 2007 y 2015, acusada de una presunta prevaricación que la justicia descarta. Este fue el caso que la forzó a dimitir, y en el que hizo un alegato contra juez y Fiscalía en el derecho a la última: "Estoy sentada aquí, porque era imprescindible para echarme del gobierno", sentenció en una cura intervención en la que acusó al juez instructor de haber falsificado el auto de apertura de juicio oral, y a la Fiscalía de "ocultar los autos del TSXG, los informes y todo lo que contradecía con rotundidad su pretensión". En una resolución firme, que no admite recurso alguno, la Audiencia Provincial descarta que la socialista hubiera prevaricado.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ratifica, de este modo, la sentencia absolutoria del Penal Número 2 de Ourense, dictada por la juez de apoyo Noemí González, el 7 de enero de 2016. La Fiscalía recurrió y también se adhirió a dicha acción la acusación popular, ejercida por la hija de un conocido promotor que sumó pleitos contra la exedil porque sus intereses no prosperaron en el anterior mandato. La particular tomó el testigo de Democracia Ourensana, que presentó la denuncia pero luego desistió del procedimiento. "Durante 12 años en nuestra ciudad el urbanismo lo dirigían el querellante y su entorno. Y tenían que echar a los intrusos y recuperar el Concello de Ourense como una gestoría para sus dueños naturales. Finalmente lo consiguieron", aseveró la exedil en el juicio.

La Fiscalía vio error de la juez

En la resolución notificada ayer a las partes y de la que ha sido ponente la magistrada presidenta de la sección penal, María del Carmen Blanco Arce, la Audiencia Provincial asume los fundamentos del fallo dictado por el Juzgado de lo Penal 2 de Ourense, que absolvió a Áurea Soto y también a Carlos Hernández, un abogado de A Coruña juzgado porque hizo el informe favorable a la legalización del complejo y el aparcamiento subterráneo. Ambos salen absueltos definitivamente del delito de prevaricación por el que se sentaron en el banquillo en noviembre de 2015.

La Sala desestima el recurso de la Fiscalía y de la acusación particular -el ministerio público adujo que la juzgadora valoró erróneamente la prueba, con un "razonamiento ilógico, irracional y arbitrario"-, concluyendo que "no cabe hablar de un delito de prevaricación urbanístico, al no mediar tal grosera desviación de la normativa como se ha expuesto, ni a título de autoría en relación a la concejala de urbanismo, ni a título de cooperación en base a un informe que a la postre viabilizaría el éxito del incidente de inejecución". Bajo la gestión de Áurea Soto, el Concello consiguió la anulación de una orden de derribo del complejo urbanístico que hubiera significado 40 millones de euros.

El aval de dos autos del TSXG

La exedil siempre defendió que dos autos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y el propio PXOM 2003 -aún vigente en 2007- avalaban la legalización del parking privado en el subterráneo de la Plaza San Antonio. La Audiencia Provincial comparte que esas dos resoluciones del TSXG "evidencian "que no hubo "una infracción clamorosa en la legalización cuestionada", y que entre otras cuestiones avalaban la interpretación de los acusados de que con el PXOM 2003 era posible la titularidad privada del aparcamiento subterráneo.

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