Instituciones Penitenciarias ha dado el visto bueno a que un preso de la cárcel de Pereiro de Aguiar, la de referencia para la provincia de Ourense, reciba la medicación que necesitaba con urgencia para tratarse de una hepatitis C crónica, en estadio 4, la última fase. L. G. G., que cumple una condena de 20 años entre rejas, esperaba desde junio de 2015. El martes de esta semana, empezó a tomarla. La Secretaría General autorizó la administración en el propio centro de los fármacos pautados por el hospital, después de que la Audiencia Provincial de Ourense diera una orden expresa: "No existe razón o excusa alguna que justifique que a este paciente, por tratarse de un interno del centro penitenciario, y por este único motivo, no se le dispense igual trato y asistencia médica que al resto de la población".

El recluso consume los dos fármacos prescritos por la mañana y por la noche. En el despacho de medicamentos de su módulo le dan, a primera hora, los comprimidos de la jornada. Fuentes de su entorno aseguran que desde que empezó con el tratamiento "se encuentra menos cansado y siente más vitalidad, aunque no sabe si es por la medicación o por la alegría que siente".

Un auto de la Audiencia Provincial de Ourense, de fecha 13 de abril, revocó una primera resolución del juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lugo y ordenó a la prisión "la administración al referido interno, en el centro penitenciario de Pereiro de Aguiar en que se encuentra, de los fármacos Harvoni y Ribavirina, recetados para combatir la enfermedad de Hepatitis C diagnosticada" .

Interior corrige su criterio

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Cid Manzano, y de la que FARO informó en exclusiva, fue comunicada por la dirección del penal a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, que corrigió su criterio inicial.

En un primer momento, la administración se negó a dispensar el tratamiento prescrito, por lo que la representación legal del interno planteó un escrito al Sergas para que la sanidad gallega se hiciera cargo. El ente de la Xunta no dio respuesta. Entre las administraciones proliferan litigios en el ámbito de lo contencioso administrativo, por varios territorios de España, ya que el Gobierno central entiende que debe ser la comunidad la que costee los fármacos, al considerar que el uso de los mismos es hospitalario. Por el contrario, el Sergas argumenta que, después del diagnóstico por parte de un especialista en el hospital, es factible seguir un tratamiento ambulatorio, en la propia cárcel, por lo que el desembolso correspondería a Instituciones Penitenciarias, la administración encargada de cubrir las atenciones y necesidades básicas de los internos.

Esta es la postura que la Audiencia Provincial compartió en su resolución sobre el caso del recluso de Ourense. El Reglamento Penitenciario establece que "a todos los internos, sin excepción, se les garantizará una atención médico-sanitaria equivalente a la dispensada al conjunto de la población. Tendrán igualmente derecho a la prestación farmacéutica y a las prestaciones complementarias básicas que se deriven de esta atención".

Asesoramiento legal gratuito

La abogada Marta Soto Gil se encargó del recurso de apelación al que dio la razón la Audiencia, y que ha permitido que L. G. G. reciba la medicación que necesita contra el estadio avanzado de su hepatitis C. La letrada colabora con la Comisión de Asistencia Xurídica Penitenciaria de Ourense (CAXPOU), un órgano que opera, de forma gratuita, desde hace más de 20 años en el Colegio de Abogados para velar por los derechos de los reclusos.

La comisión se interesó por el caso de L. G. G. y le ofreció su asesoramiento después de que le fuera pautado el tratamiento en junio de 2015 por el especialista, en una consulta en el Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO), el centro de referencia. La CAXPOU asesoró al interno para que presentara una queja ante el juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lugo, primero, y la letrada redactó después la apelación que fue estimada por la Audiencia Provincial.

En medio de los pleitos entre administraciones sobre quién debe asumir el costoso tratamiento, los abogados defienden que corresponda a quien corresponda pagar, lo primordial es que la penitenciaría, como garante de los reclusos, administre el fármaco vital, una vez que éste ha sido pautado. El juzgado de Vigilancia Penitenciaria compartía el criterio de Interior, que alegaba haber ofrecido al interno la posibilidad de un tratamiento, para no poner en riesgo su vida, siempre y cuando fuera trasladado a Madrid, donde existe un convenio con el hospital Gregorio Marañón para asistencia a encarcelados.

En la comunidad de Castilla y León, el ministerio llegó a un acuerdo con la consejería de Sanidad de la Junta para prescribir el tratamiento y hacer el seguimiento de los presos con Hepatitis C en cada hospital de referencia, sin necesidad de traslado. L. G. G. rechazó la opción de Madrid porque tiene trabajo y está adaptado dentro de Pereiro, y el cambio rompería su evolución. Tras la orden de la Audiencia de Ourense, Instituciones Penitenciarias cambia de postura.