El Congreso de los Diputados aprobó ayer una Proposición no de Ley del PSOE para que se modifique la legislación actual, con el fin de que se reconozca que la silicosis de primer grado es determinante de incapacidad permanente total para la profesión habitual, en los casos en que existe una situación de riesgo de continuar en el puesto de trabajo, el trabajador ha sido declarado no apto en el reconocimiento médico y en la empresa no exista puesto alternativo libre de polvo. Se trata de una propuesta que presentó en su día la diputada Rocío de Frutos.

Para financiar la ampliación de la cobertura a la silicosis de primer grado, la iniciativa socialista aprobada contempla asimismo que, para la actividad de extracción y transformación de minerales, se incremente la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

De Frutos, autora de la Proposición no de Ley, destaca la importancia de la aprobación de esta iniciativa pues "los casos de silicosis se han multiplicado por diez en la última década y la enfermedad afecta cada vez a trabajadores más jóvenes, lo cual es una peculiaridad en relación a lo que sucedía en el sector del carbón, de modo que actualmente surgen más casos de silicosis en la mineral".

Especialmente, resalta la relevancia de la iniciativa socialista para la comarca de Valdeorras y la provincia de Ourense, donde "el sector de la pizarra es uno de los pilares económicos fundamentales para la provincia". Con esta iniciativa dice que los socialistas "hemos recogido una de las principales demandas de los trabajadores de la pizarra de la zona, una reivindicación que ha sido defendida de forma permanente por el alcalde de O Barco, Alfredo García".

Asimismo, la diputada explicado que la legislación actual solo reconoce la incapacidad permanente total en los casos de silicosis de segundo grado, "lo que deja en una grave situación de desprotección a aquellos trabajadores que tienen diagnosticada una silicosis de primer grado sin enfermedad interconcurrente derivada de la silicosis".

Así, indica que "los trabajadores con silicosis de primer grado tampoco pueden continuar con su trabajo habitual por lo que, si la empresa carece de un puesto de trabajo compatible en el que el trabajador no esté expuesto al polvo de sílice, el trabajador cesa en la empresa y queda 'de facto' expulsado del mercado laboral". Añade que esta situación es la que se produce de forma habitual, pues "es difícil que en una industria dedicada a extracción y transformación de pizarra exista un puesto de trabajo sin polvo de sílice, obligando al empresario a extinguir la relación laboral por causas objetivas, con la indemnización correspondiente, quedando el trabajador sin protección por contingencia profesional".

Y aunque en muchos casos que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y los Tribunales de lo Social están dando la razón al trabajador, las Mutuas y el INSS deniegan la prestación.

Positivo para todos

De Frutos celebra la aprobación de la iniciativa pues "el trabajador quedará así protegido por el sistema de la Seguridad Social y el empresario no tendrá que acudir a extinguir la relación laboral por causas objetivas si no existe un puesto de trabajo compatible".