El Juzgado Nº 1 de O Carballiño ha dictado auto de sobreseimiento de la causa contra el alcalde de Boborás, Cipriano Caamaño, y el arquitecto municipal por un delito de desobediencia por supuestamente no ejecutar una resolución de demolición emitida por el propio ayuntamiento en el año 2011, de una obra que hizo un vecino de Pazos de Arenteiro para cubrir parte de un patio común a varias viviendas, en un entorno declarado conjunto histórico-artístico.

El núcleo de Pazos de Arenteiro fue declarado Bien de Interés Cultural en 1981, por lo que para cualquier obra es preceptiva la autorización de Patrimonio. Debido a que los propietarios de la vivienda no solicitaron dicho permiso, el propio concello ordenó la demolición en 2011.

Los vecinos de las viviendas afectadas por la obra denunciaron que el ayuntamiento, tras ordenar dicha demolición "no la ejecutó", por lo que denunciaron en el juzgado esta situación y una sentencia judicial en 2013 condenó al concello a la ejecución de la demolición que él mismo había resuelto. A finales de 2013 se hizo un derribo pero parcial. El ayuntamiento recibió varios requerimientos desde 2013, en los que Patrimonio le pide el proyecto de reposición de la obra al estado originario. Según la Fiscalía, a pesar de tener conocimiento de la sentencia y de los sucesivos requerimientos, obvió su obligación, pero el juez concluye que el concello los cumplió con, superando diferentes trabas que conllevaba la propia demolición dada la ubicación de la obra. Observa que no hay pruebas que acrediten el propósito de incumplir.

La segunda demolición "parcial" con proyecto autorizado por Patrimonio se ejecutó en 2015, antes de prestar declaración el alcalde ante el juez. Y ante este auto de sobreseimientos cabe presentar recurso.