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Se nombra presidente de una comunidad para apropiarse de los fondos

El acusado, que reconoció los hechos en el juicio, falsificó un documento para la estafa

F. J. G. H., de 45 años de edad, reconoce que falsificó documentos para nombrarse presidente de su comunidad y persona autorizada de la cuenta vecinal. Con el engaño hizo diversos reintegros y disposiciones inferiores a 400 euros, hasta un total de 4.100, entre los meses de febrero y mayo de 2013. No fue necesario celebrar el juicio, puesto que el acusado mostró su conformidad con los cargos. El acuerdo rebaja de 15 meses a 1 año de prisión la condena por un delito de falsedad en documento privado, en concurso con un segundo delito de estafa.

El autor ya había sido condenado en firme, en 2012, a 8 meses de cárcel por un delito de apropiación indebida, aunque la pena fue suspendida durante 5 años y, por lo tanto, en este caso no pesaba circunstancia agravante de la responsabilidad penal. Con la conformidad prestada ayer, queda probado que se hizo con el libro de actas de su comunidad, que tenía en su poder su pareja porque había ejercido el puesto de presidencia.

El acusado redactó, faltando a la verdad, que se habían celebrado dos reuniones de propietarios. Una, en enero de 2013, para renovar el cargo de presidente y la elección del sustituto, que sería él mismo. También falsificó el acta de una falsa reunión, que habría tenido lugar el mes siguiente para nombrarlo como persona autorizada en la cuenta bancaria de la comunidad. El individuo estampó la firma de la presidenta saliente y firmó con su nombre en el lugar reservado para el cargo entrante.

Haciendo uso de tales actas, el hombre se presentó en la entidad y se hizo pasar por el presidente de la comunidad. Firmó el documento bancaria de variación de autorizados en la cuenta corriente de los propietarios, incluyéndose a él mismo y excluyendo a la presidenta. Después hizo reintegros y disposiciones inferiores a 400 euros, entre los meses de febrero y mayo de 2013, hasta apropiarse de un total de 4.100 euros. La condena, que asume, lo obliga a indemnizar a la comunidad de propietarios con la cantidad estafada, más intereses.

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