La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto de todos los cargos al dueño de un club de alterne de A Gudiña (Ourense), N.M.C.R., acusado de obligar a una mujer de origen paraguayo a ejercer la prostitución.

Según la sentencia hecha pública este martes, la Audiencia considera que las sesiones del juicio no han permitido probar que el acusado hubiese obligado a prostituirse a la mujer, que la hubiese explotado sexualmente ni que la hubiese privado de su libertad.

Fiscalía pedía para el hombre, dueño del club de alterne 'Dolce Vita', un total de 14 años de cárcel

Fiscalía pedía para el hombre, dueño del club de alterne 'Dolce Vita', un total de 14 años de cárcel por los delitos de prostitución, retención ilegal e inmigración ilegal basándose en el relato de una testigo protegida, T.P., extrabajadora de origen paraguayo que afirmaba haber sido retenida y obligada a prostituirse para pagar una deuda contraída en su país para viajar a España. La defensa, sin embargo, pedía la libre absolución.

El auto emitido por el tribunal considera que los testimonios recabados durante el juicio "no reúnen los requisitos necesarios para ser considerados como pruebas de cargo aptas para enervar la presunción de inocencia" del hombre, al tiempo que hace referencia a la "especial dificultad probatoria" de este tipo de delitos.

A mayores, para la Audiencia, la víctima "no ha mantenido una versión uniforme coincidente en lo sustancial en sus sucesivas declaraciones sobre hechos trascendentales", por lo que "no se justifica que la testigo fuese obligada o compelida en modo alguno por el acusado a ejercer la prostitución", ni que éste "la vigilase ni la encerrase".