El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Concello de Castrelo de Miño contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ourense, de 17 de junio de 2015, que daba la razón a María Dolores Pereira y a su hermana, que se presentaran al concurso para la explotar la cafetería del Náutico.

De las tres ofertas ninguna reunía los requisitos y se realizó una segunda convocatoria que fue recurrida, por lo que el Contencioso de Ourense ahora ejecutará la sentencia. En su recurso las denunciantes dicen que el Concello no les concedió los días que prevé la ley para aportar la documentación que faltaba. Al ser desestimado el recurso de apelación del Concello, éste deberá pagar las costas con un limite de 1.000 euros.