El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia archiva la causa seguida por presunta falsedad documental y estafa contra la diputada socialista, María del Carmen Acuña Docampo, al no encontrar "claros indicios incriminatorios" que acrediten la participación en hechos constitutivos de delito de la parlamentaria autonómica. En vista de las circunstancias, el magistrado instructor, Fernando Alañón Olmedo, procedió a "declarar concluso el sumario" al haberse agotado la instrucción, "sin que resulte debidamente justificada la comisión de delito alguno" por Carmen Acuña.

A finales del mes de noviembre del año pasado, el TSXG asumía la instrucción previa realizada por una juez de O Barco que había procedido a la apertura de diligencias y procedido a nombrar instructor a uno de los magistrados de la Sala de lo Civil y lo Penal.

El procedimiento judicial se inició a raíz de lo que en un primer momento se consideró que podía tratarse de un presunto engaño bancario por parte de Acuña y otra mujer, T. M. B., que llegó a la vía penal tras una querella de la entidad, el Santander, en el año 2010. La parlamentaria autonómica avaló en un préstamo a una amiga. Tras varios impagos y un acuerdo fallido con la entidad, en un principio se contempló la posibilidad de que hubieran falseado justificantes de ingreso para aparentar que la deudora había cumplido con las letras.

Pero según consta en la resolución judicial del TSXG, el Ministerio Fiscal en escrito presentado el 28 de enero de 2016 concluyó que "no concurren claros indicios incriminatorios que acrediten la participación en los hechos denunciados de la parlamentaria autonómica aforada", María del Carmen Acuña, por lo que "interesa la conclusión del sumario sin procesamiento".

El TSXG hace constar en el apartado correspondiente a los fundamentos de derecho que la posición procesal del Ministerio Fiscal, única parte acusadora personada en el sumario que solicita sin más la conclusión del sumario sin procesamiento, "nos excusa de tener que dictar otra resolución que no sea la de conclusión del sumario sin procesamiento".

El juez instructor, Fernando Alañón Olmedo, coincide con el Ministerio Fiscal que se han practicado cuantas diligencias se han estimado útiles y necesarias para la determinación de los hechos, "sin encontrar claros indicios incriminatorios".