El presidente de la Diputación de Ourense y líder provincial del PP, José Manuel Baltar Blanco, declarará en calidad de investigado -la definición que sustituye a la de imputado desde diciembre- por indicios de un presunto cohecho. También la mujer, extrabajadora de la institución desde 2003 a 2009 y colaboradora del partido "en congresos y otros actos", que lo acusó de prometerle un empleo fijo a cambio de sexo y que admitió haber accedido a un encuentro, en marzo de 2010, ante esa expectativa. En una resolución conocida ayer, la juez de Instrucción 3 de Ourense, Eva Armesto, acuerda citar a ambos para el 10 de marzo. Cinco días antes, Baltar pedirá el voto en un congreso provincial para optar a su tercer mandato. Además de un posible soborno del artículo 419 del Código Penal -con penas contempladas que pueden llegar a entre 3 y 6 años de cárcel para una autoridad-, la magistrada no descarta la posibilidad de que el político hubiera cometido tráfico de influencias. En cambio, rechaza un supuesto de acoso sexual.

La decisión de la magistrada, responsable en Ourense de la sede con competencias en Violencia de Género, da un vuelco al caso Baltar. El proceso parecía zanjado cuando, a principios de diciembre, trascendió la decisión del fiscal jefe provincial, Florentino Delgado, de archivar sus diligencias de investigación al no ver indicio alguno de delito. Al conocer esta noticia, la mujer puso el caso en manos de un letrado para acudir directamente a la vía de instrucción.

De perjudicada a imputada

El asunto cayó por reparto a Instrucción 3 y, tras admitir a trámite la denuncia y numerar diligencias, la juez decidió oír a la denunciante en calidad de perjudicada y pidió copia a la Fiscalía de las 6 conversaciones grabadas en secreto, y aportadas por la particular como prueba. En su denuncia ella había pedido un careo con Baltar. En algunos audios se mencionaba un posible cambio de nota en un proceso selectivo. En otras, con palabras de este tenor. "Después de echar a todos estos -Baltar ya era presidente provincial y acababa de anunciar el primer ERE en una Diputación- vamos a hacer una historia de servicios sociales. Te voy a solucionar el problema y ya está". La declaración estaba programado para ayer, acto en el que la mujer iba a llevar SMS intercambiados con Baltar. La autoridad cambió el guion. Suspendió el interrogatorio como testigo de la mujer y dictó auto citándola a ella y Baltar como investigados.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó al final de la mañana un rumor extendido desde que fue notificado el auto, a primera hora. Tras el estudio de la denuncia y de las grabaciones aportadas a la causa, la instructora considera que no queda acreditada, "sin perjuicio de una ulterior comprobación", la existencia de una relación laboral, docente o de prestación de servicios entre ambos en el momento de la relación sexual, lo que en opinión de la titular del juzgado excluye "en principio el tipo del artículo 184 del Código Penal", es decir, la existencia de acoso sexual.

Sin embargo, según se indica en el auto, sí puede existir un delito de cohecho del artículo 419 y ello sin perjuicio "de la calificación como delito de tráfico de influencias dada la relación personal" de la investigada con el presidente de la Diputación en el momento de los hechos, "que también se compromete a proporcionarle un trabajo".

El fiscal jefe no vio indicios

Al archivar su investigación tras tomar declaración a la mujer durante horas, el 12 y 13 de noviembre, el fiscal jefe de Ourense concluía que "no existe en dichas pruebas expresión o manifestación medianamente clara sobre la vinculación entre una supuesta relación sexual con la promesa de trabajo" por parte del denunciado. Para Florentino Delgado los hechos "no tienen indicio racional mínimo" , máxime cuando la contratación no llegó a materializarse y porque la relación se habría producido en 2010, dos años antes de que Baltar relevar a su padre en la Diputación. Delgado subrayó que "podría atribuirse en análogas consideraciones a la propia denunciante que se creó una expectativa de obtener, sin más consideración, un puesto fijo en la Diputación que finalmente no se cumplió". De haber ofrecido un trato la mujer, la "la haría estar incursa en delito al ser un particular el que ofrece una dádiva a la autoridad", dictó la Fiscalía.

Esa última línea sí la considera la juez. El caso "exige atender a la conducta punible del particular que entrega retribución a autoridad o funcionario público para realizar un acto contrario a los deberes del cargo, que se concretaría en un nombramiento prescindiendo de las disposiciones legales que lo regulan; "o en consideración a su función o del particular que influye en funcionario público o autoridad prevaliéndose de una situación derivada de su relación personal con éste (artículo 429 del Código Penal) para conseguir una resolución que le pueda generar un beneficio económico".

Que la investigación también afecte a la denunciante fue criticado por el BNG. "Pode sentar un precedente negativo para todas aquelas mulleres que poidan estar sufrindo algún tipo de violencia machista e valorando a posibilidade de denunciar aos seus agresores. Na práctica sitúase publicamente á denunciante como acusada e isto transmite unha mensaxe de cuestionamento e de desprotección cara as potenciais vítimas".