El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ha aceptado el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por el alcalde de Viana do Bolo, Secundino Fernández, y ha anulado el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de octubre de este año que dispuso su cese como concejal y alcalde por una incompatibilidad que no ve el órgano judicial.

La sentencia, firmada el 21 de diciembre, anula el acuerdo de cese aprobado por el Ayuntamiento de Viana do Bolo --que había quedado en suspenso hasta la celebración del juicio-- y considera que esta decisión "se dirigía a derrocar al alcalde" sin emplear para ello una moción de censura.

En este sentido, el auto critica que el acuerdo pretendiese "expulsar" a Secundino Fernández de la corporación municipal "con omisión total del procedimiento establecido para tal fin" y recuerda que incluso una moción de censura no podría "privarle" de su condición de concejal.

Fraude de ley

La sentencia considera que el acuerdo del ayuntamiento, del 20 de octubre de 2015, se dictó en "un claro fraude de Ley", ya que basa la expulsión de Secundino Fernández en un problema de "incompatibilidad retributiva" entre su cargo político y su trabajo como funcionario de la Xunta.

Sin embargo, el Juzgado destaca que ésta situación se había corregido "antes de que el alcalde llegase a cobrar ninguna nómina en concepto de dedicación exclusiva", y que la decisión había sido avalada por el acuerdo del Pleno municipal del 17 de septiembre de 2015. En esta reunión, Fernández cambió su dedicación exclusiva por un "régimen de dedicación parcial".

Desde el tribunal se explica que el acuerdo se convirtió en "firme y consentido" por todos los miembros de la corporación municipal al no ser impugnado por ninguno de ellos "en la forma y plazos legalmente previstos".