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El CGPJ tiene seis meses para decidir si sanciona a Piña o archiva su expediente

El presidente de la Audiencia se enfrenta a dos faltas muy graves por dictar un auto de ayuda a domicilio un mes después de su ascenso y por ser vocal de la EGAP sin pedir compatibilidad

El presidente de la Audiencia Provincial de Ourense, Antonio Piña, en una imagen de archivo. // Iñaki Osorio

La Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985 establece la posible suspensión durante un periodo terminado, el traslado de plaza e incluso la separación de la carrera para el magistrado que incurra en faltas muy graves en el ejercicio de sus funciones. El Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) comunicó esta misma semana la apertura de un expediente contra la máxima autoridad de la justicia en la provincia de Ourense, Antonio Piña Alonso. Al magistrado tudense lo investiga el órgano rector por la supuesta comisión de dos faltas muy graves. El CGPJ tiene un plazo de 6 meses para decidir si archiva el caso, sin responsabilidades para el juez, o bien impone una sanción. Según la ley orgánica, es el Pleno del Poder Judicial el encargado de decretar el castigo tras estudiar la propuesta de la comisión disciplinaria.

El magistrado tiene el periodo abierto para formular alegaciones y presentar documentación. El Consejo General del Poder Judicial le ha informado, además, de que en esta altura del proceso puede nombrar un abogado para defender sus intereses. Antonio Piña ya había dado su versión en una fase previa en la que también se analizaron las quejas en contra. El Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ vio motivos para abrir un expediente.

El caso se deriva de varias observaciones formuladas, hasta nueve en un mismo escrito según las fuentes consultadas, por parte del entorno de la exresponsable de Benestar Social en Ourense, Marga Martín. La exconcejal del PSOE permanece imputada desde el año 2013 en el caso de ayuda a domicilio, del que Antonio Piña llevó las riendas hasta su ascenso a presidente de la Audiencia Provincial de Ourense a finales del año 2014.

Un mes después, las partes del proceso recibían con sorpresa un auto dictado por el magistrado pese a que ya no era el titular de Instrucción Número Dos de Ourense. Aquella resolución, que se pronunciaba sobre una serie de recursos presentados con anterioridad al traslado -por ejemplo, devolvía los ordenadores incautados a la exconcejala y dos empresarios-, fue anulado por el sucesor de Piña en el juzgado Número Dos, Luis Doval.

Él es quien decidirá el resultado de dicha investigación; la primera contra el anterior ejecutivo del PSOE, fruto de una denuncia registrada a finales de 2012 por Democracia Ourensana. El nuevo magistrado instructor decidió anular el pasado mes de julio el controvertido auto y todavía ha de pronunciarse sobre varias solicitudes de los abogados de las defensas, con peticiones de una posible nulidad planeando sobre el caso. En la investigación se discutía si se inflaron conceptos y se emplearon algunos como las horas de desplazamiento de las trabajadoras, de domicilio a domicilio, para alcanzar el importe deseado. En un auto previo, el juez Antonio Piña señaló indicios de presunta malversación y estafa.

Una de las supuestas faltas muy graves atribuidas al presidente de la Audiencia Provincial tiene que ver, precisamente, con el hecho de que dictara aquella resolución, un mes después de su ascenso, cuando ya no tenía competencia. Se discute el hecho de que Antonio Piña no hubiera solicitado un permiso que lo habilitara al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la denominada prórroga de jurisdicción. Considera el magistrado que se trata de más de "un defecto de forma" que de una irregularidad de tipo muy grave en sus funciones.

"Pérdida de jurisdicción"

En la resolución contra el auto irregular que supuso la anulación de un semestre de instrucción, el juez Luis Doval subrayaba que "concurre causa de nulidad fundada en la pérdida de jurisdicción del magistrado que dictó el auto de 16 de enero de 2015 y la posterior aclaración de 23 de mayo de 2015 al no solicitarse en tiempo y forma la prórroga o habilitación a tal efecto, lo que deriva en la nulidad radical de lo actuado desde la citada resolución de 16 de enero".

La otra cuestión que está siendo investigada por parte del Promotor de la Acción Disciplinaria es la pertenencia de Antonio Piña como vocal del consejo rector de la Escola Galega de Administración Pública (EGAP), durante los últimos cuatro años. Al presidente se le reprocha que no hubiera permiso para compatibilizar su cargo de presidente de la Audiencia Provincial con esa función. Él argumenta que el cargo no es remunerado, que solo realizó dos visitas en un plazo de tres años, por lo que la dedicación resultante fue inferior al límite legal de 72 horas.

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