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La inconstitucionalidad de la ordenación provisional se vincula a sus ámbitos privados

Así lo expone en su alegación al TSXG la letrada de Propietarios de Fincas Urbanas

La polémica suscitada con la inconstitucionalidad de la actual Ordenación urbanística provisional de Ourense estaría directamente vinculada con los 15 ámbitos de actuación privada que se incluyeron dentro de la misma por parte de la Xunta. Así lo expone en sus alegaciones al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la letrada de la Asociación de Propietarios de Fincas Urbanas de Ourense, Lucila Vázquez.

En este sentido, considera que la aplicación del artículo 96 de la Ley 9/02 de 30 de diciembre de ordenación urbanística y protección de medio rural de Galicia, contempla la excepcionalidades, en las que estarían perfectamente contemplados los otros 15 ámbitos de actuación de interés público y general, entre los que se incluyen infraestructuras como el nuevo edifico judicial o el centro de salud en O Couto, que comparten parcela.

Pero en lo que se refiere a los ámbitos privados, las alegaciones de los propietarios de finca urbanos, que siguen la esencia del recurso presentado después de aprobarse la ordenación urbanística provisional, entiende que se debería haber realizado la correspondiente exposición pública, ya que de lo contrario sostiene la letrada que "se vulnera el principio de audiencia al interesado".

Es por eso que "no es necesaria plantear la inconstitucionalidad de la ordenación provisional si se prescinde de la inclusión de ámbitos de interés particular y se aplica bajo las premisas expuestas de singularidad, urgencia, excepcionalidad, transitoriedad e inclusión motivada y exclusiva de ámbitos de interés público".

La ordenación provisional la aprobó la Xunta, con la propuesta de 15 ámbitos de actuación pública por parte del Concello, a los que añadió otros 15 ámbitos de interés privado, para paliar los efectos de la caída del plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de 2003, al ser anulado por el Tribunal Supremo. Y en estos momentos, con un nuevo plan en fase de elaboración final, la nulidad de la ordenanza provoca que Ourense tenga vigente el plan de 1986.

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