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Un auto exime a la alcaldesa de Melón de delito por no reclamar al exregidor la multa por el pabellón ilegal

La Audiencia no ve indicios de prevaricación y recuerda que el multado fue el Concello y no Pardellas

El pabellón construido al lado del Monasterio en fase de demolición. // Iñaki Osorio

La Audiencia de Ourense ha dictado un auto en el que da la razón a la alcaldesa de Melón, Cristina Francisco Vílchez, y estima su recurso de apelación contra las actuaciones iniciadas en el Juzgado de Ribadavia a partir de la denuncia presentada por un concejal del PSOE en la que se atribuye a la regidora el delito de prevaricación. La demanda, que fue admitida por dicho juzgado, se sustenta en la "omisión" de Francisco Vílchez al no reclamar al exalcalde inhabilitado por la construcción ilegal de un pabellón junto al monasterio de Melón tanto los honorarios de la defensa como la sanción impuesta por sentencia. Se da la circunstancia de que alcaldesa y exalcalde son matrimonio.

El auto de la Audiencia, dictado con fecha del 30 de septiembre, discrepa del criterio del instructor, "al no advertirse de las diligencias practicadas la concurrencia de ilícito penal", y acuerda, mediante resolución firme, estimar el recurso interpuesto por Cristina Franciso frente a dicho auto del 27 de abril de 2015, "dejando sin efecto lo acordado en el mismo, y acordándose el sobreseimiento provisional" de las diligencias.

El tribunal de la Audiencia descarta las dos conductas distintas que se le imputan a la alcaldesa y que integrarían un delito de prevaricación. En relación con el pago de los honorarios abonados por el Concello de Melón para la defensa del anterior alcalde, y en concreto a la "inacción de la imputada para reclamar los mismos a aquel", dice el auto que "no existe un mínimo elemento de juicio que evidencie la realidad de tal extremo, razón por la que no cabría atribuir a la imputada actuación ilícita alguna por el hecho de no haber reclamado los mismos".

En cuanto al hecho de no iniciar el expediente para reclamar al exalcalde el importe de la multa impuesta por Urbanismo como consecuencia de la actuación ilegal, el auto señala que ésta fue sancionada posteriormente en vía penal y que la sanción administrativa "fue impuesta al Ayuntamiento y no al señor Pardellas, no existiendo pues resolución que obligara a este al abono de tal importe, y mucho menos a la imputada a reclamárselo".

Por otro lado, la alcaldesa de Melón se sentará en el banquillo el próximo 5 de noviembre. La Fiscalía pide cuatro años y medio de prisión e inhabilitación durante cuatro años por un delito de falsedad documental, además de multa por otro delito de quebrantamiento de condena por firmar los controles de un condenado por trabajos "nunca ejecutados", según la acusación.

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