La disolución de las plataformas que defendieron la recuperación de los ahorros bloqueados por las participaciones preferentes de la antigua Novagalicia Banco no quiere decir que los problemas en los que se vieron inmersos miles de ahorradores gallegos hayan finalizado. De hecho, muchos casos siguen coleando en los juzgados.

La Audiencia de Ourense acaba de confirmar la sentencia dictada hace un año por el Juzgado de Instrucción número Tres y obliga a la entidad a devolver 165.000 euros a un matrimonio de emigrantes ourensanos que creyó destinar los ahorros de muchos años de trabajo a un depósito a plazo fijo en 2002 sin poder evitar que estos quedasen atrapados en el banco en forma de participaciones preferentes a través de un contrato en términos "poco claros", según la sentencia.

El fallo que acaba de notificar la Audiencia ratifica de forma íntegra los argumentos de la primera instancia e impone las costas procesales a la entidad. El tribunal provincial desestima los argumentos esgrimidos en el recurso e incide en el perfil de los clientes, un carpintero y una ama de casa, "ahorradores y no inversores" con los que se debería haber "extremado el deber de información, debiendo ser especialmente diligentes los profesionales financieros en el cumplimiento de su obligación de informar, de forma clara y precisa". La Audiencia confirma que "el riesgo que el negocio de adquisición presentaba era muy superior al que pudiera derivarse de un depósito a plazo fijo", que es el producto que responde al perfil del matrimonio y el que ellos dijeron creer que contrataban. La sentencia deja claro que existen dos factores "relevantes". Por un lado, el perfil de ahorrador y no inversor de los clientes, y por otro que no se adoptaron las prevenciones exigibles de ofrecer una "plena y cabal información al adquiriente". La entidad no acreditó este suministro de información y el folleto aportado como prueba "no aparece firmado por los demandantes".