La denuncia expresa que hace el interventor en su informe de fiscalización relacionada con el proyecto de presupuestos del gobierno socialista señala que la indemnización a la empresa Proavia, relacionada con un convenio urbanístico, por un importe de algo más de 2,5 millones de euros, estuvo marcada por una "actuación improcedente" y que fue desarrollada por la asistencia técnica -contratación externa-, y señala en concreto al abogado de A Coruña, Carlos Hernández," dado que de los fundamentos de la sentencia se deduce la práctica de una transacción extrajudicial proscrita en el ámbito de las administraciones públicas de no existir una autorización previa", algo que no existió.

Así, en el mencionado informe, revela que "no hay constancia de acuerdo administrativo alguno -Junta de gobierno o del Pleno de la Corporación-, por el que se le tenga autorizado al representante del Concello -en este caso el letrado que habitualmente viene actuando, a propuesta de la edil de Urbanismo, Áurea Soto, en diferentes asuntos municipales-, para pactar una indemnización a su cargo, por un importe tan elevado (2.528.812,64 euros", cuando los peritos del concello habían fijado la indemnización en algo más de 1,6 millones.

Además, de la indemnización que debe pagar el Concello, después de que la sentencia condenatoria del Juzgado Contencioso-Administrativo de Ourense, adquiriese firmeza, al no recurrir el Concello, el 24 de octubre de 2013, la Intervención advierte que "se está devengando intereses de demora, circunstancia que fue puesta de manifiesto con ocasión de la tramitación del expediente de créditos extraordinarios a finales del pasado año" sin que por parte del gobierno socialista se tuviese en cuenta y se prolongase en el tiempo, hasta transcurrir nueve meses desde la sentencia.

Después de transcurrido ese tiempo, el interventor alude a que se promueve por el gobierno municipal una habilitación de crédito presupuestario con motivo de posibilitar la ejecución de la sentencia -pago de la indemnización- condicionado a su disponibilidad y al cumplimiento de unos trámites. Se refiere a la aprobación definitiva del expediente presupuestario, la del Plan económico financiero -necesario al superar el techo presupuestario-- así como la autorización por parte de la Dirección Xeral de Política Financiera de la Xunta de la operación crediticia que le otorga cobertura presupuestaria

Retrasos

Es por eso que, ante el procedimiento que se debe seguir, el interventor advierte en su informe que "continuarán los retrasos", y consiguientemente el incremento en la cuantía económica de los intereses de demora en el pago de la indemnización, y todo ello " a pesar de la existencia de recursos financieros suficientes para el cumplimiento de una obligación exigible", que entiende se podría abonar mediante la tramitación de una modificación presupuestaria especifica, al margen del propio expediente de presupuestos para 2014, debido a que se pueden demorar hasta su aprobación definitiva.

De ahí que se reitere la necesidad de proceder "con prontitud al cumplimiento" de la sentencia, que es firme, para de esa forma evitar que una mayor coste a las arcas municipales.