El TSXG acaba de emitir una sentencia firme que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Concello de Xinzo contra la resolución del juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Ourense que anuló un contrato firmado por el regidor Antonio Pérez en 2012. Al igual que aquella resolución, el alto tribunal gallego aprecia que se incurrió en desviación de poder y que la actuación municipal podría ser constitutiva de delito de prevaricación. El Juzgado de Instrucción número 1 de Xinzo ya tomó declaración al alcalde en calidad de imputado por esta causa.

De hecho, esta es la sexta sentencia que confirma los pronunciamientos previos desfavorables a las contrataciones que el alcalde firmó en 2012 contraviniendo el decreto ley que prohíbe a la administración pública contratar salvo excepción de urgente necesidad debidamente justificada. La Abogacía del Estado impugnó 9 contratos y otras tantas sentencias del tribunal contencioso administrativo le dieron la razón. El Concello de Xinzo apeló las nueve sentencias.

Esta última se refiere a la contratación temporal de un ayudante de actividades culturales entre enero y marzo de 2012. A este contrato le siguió otro de tres meses como operario de servicios varios y uno semestral para el puesto de limpieza viaria. El alto tribunal gallego desestima las alegaciones presentadas por el Concello y reprocha que el alcalde alegue que desconocía los informes de secretaría e intervención contrarios a la contratación. Los fundamentos jurídicos reproducen prácticamente en su totalidad los argumentos de las sentencias anteriores e inciden también en el "abuso" que el Concello de Xinzo hacía de la contratación temporal que acaba siendo declarada indefinida y del que ya informó el secretario. El funcionario advertía del "riesgo" de que el encadenamiento de contratos en este caso (tres en un año) derivase en indefinido. En 2012, 92 de los 119 trabajadores laborales eran indefinidos, el 77,3% del cuadro laboral.