Antonio Quintela Prado, de 33 años, el conductor acusado por el accidente mortal de Cea -un choque frontal en el que murió una profesora que viajaba con su familia para enseñarles su próximo lugar de trabajo-, admitió haber bebido antes de ponerse al volante, pero su abogada considera que no existen pruebas de que el alcohol le afectara a sus capacidades, en contra de lo que concluyen la Guardia Civil, la Fiscalía y el abogado de las víctimas.

El propio encausado afirmó haber consumido cerveza, vino y gintonic, pero puntualizando que "la ingesta no fue exagerada". En su informe final, la letrada reclamó ayer a la juez la nulidad de las pruebas de alcoholemia porque, según su criterio, una de ellas -el infractor triplicó la tasa máxima- se realizó con un etilómetro de aproximación, un aparato con margen de error y sin homologar, mientras que la posterior de sangre -que arrojó un resultado de casi el cuádruplo de lo legal- vulneró supuestamente las garantías y derechos de su cliente. "Como mínimo pasaron cinco horas desde el análisis; no sabemos el método, cómo se conservó y la cadena de custodia. Esta prueba no puede ser tenida en cuenta".

Así se cerraba ayer la fase de juicio por el accidente fatídico de 30 de agosto de 2010, a menos de un kilómetro del último bar del que salió el imputado. María Elena Sotelo, vecina de O Couto de 39 años, falleció en el acto y su marido y sus hijas pequeñas, de 4 y 7 años, resultaron heridas graves. La fallecida se incorporaba al día siguiente como docente de inglés. Era el último día de vacaciones de Quintela. Debido al fuerte impacto, el turismo de la profesora salió disparado hacia atrás aterrizando sobre el capó de un tercer automóvil implicado, en el que viajaban una mujer y su hija de nueve años, también herida.

El causante del siniestro, un joven que ha exteriorizado un problema de adicción al alcohol y que lleva diez meses internado -las acusaciones creen que lo ha hecho para rebajar responsabilidad por la proximidad del juicio- utilizó su turno de última palabra para dirigirse a la familia, que le había achacado no haber hecho el mínimo gesto de acercamiento desde el suceso. "Me siento muy afectado por lo que pasó. Les pido perdón", afirmó el joven.

El conductor se enfrenta a una condena de 4 años de cárcel que la acusación particular elevó hasta un total de 11 años computando cada posible delito por separado. Además, el letrado particular plantea unas indemnizaciones millonarias, aplicando distintos coeficientes de cálculo, una valoración de la que discrepó abiertamente la compañía aseguradora, que asegura haber abonado "todo, incluso por encima de lo que correspondía".

El ministerio público reprendió la petición de nulidad de la defensa, cuyo planteamiento se produjo en el juicio por primera vez a lo largo del proceso. "No es admisible cuestionar que no hubiera todas las garantías en el proceso. No estamos hablando de un caso Ortega Cano. En ese proceso, la prueba de extracción de sangre se acordó a los 5 días del accidente; aquí hay una resolución cuando el conductor todavía estaba en la camilla. El sujeto sopló y dio 0,75 miligramos por litro; no cabe duda alguna", terció la fiscal. La juez de O Carballiño concedió primero una autorización verbal, como autoridad de guardia, y posteriormente la orden para la prueba sanguínea se plasmó por escrito en un auto. El ministerio público solicita la pena máxima para el tipo de delito.

La representante pública tampoco admite como argumento la tesis de que el accidente se desencadenara, como dijo el acusado, por ser deslumbrado por el sol. El instructor del atestado de la Guardia Civil lo descartó por la posición del sol a la hora de la colisión frontal. La defensa dejó ayer abierta la posibilidad a que el siniestro hubiera sucedió por otro motivo sin especificar, e insistió en que la tasa delictiva, con las pruebas que cuestiona, quizá no fuera tal. "A 100 por hora es suficiente con un despiste de un segundo; no hay prueba de una conducción anormal. La invasión pudo obedecer a múltiples causas". Tráfico relacionó el choque con una invasión del carril contrario desencadenada presuntamente por circular bebido. "La única causa del accidente es que tenía sus capacidades mermadas por la ingesta de alcohol", concluyó la fiscal.

La defensa descarta la posibilidad de que se hubiera cometido un delito, y rebajan la gravedad penal a una falta. "No hablamos de saltarse un Stop o de atravesar una línea continua, sino de conducir después de beber y causar un accidente fatal", contrarrestó el ministerio público. La acusación particular también aludió al factor desencadenante y fue más dura: "Actuó con un gran desprecio por la vida de los demás; cometió una conducta temeraria e imprudente que dejó a una familia destrozada", sostuvo el letrado.