J.F.V.G. asumió ayer haber incurrido en un delito de abandono de familiar por estar más de cinco años sin abonar la cantidad mensual que le correspondía en concepto de pensión alimenticia a su hija. El hombre aceptó una pena rebajada a 720 euros de multa tras llegar a un acuerdo de conformidad con el fiscal.

Según el relato de hechos que ha quedado probado con el reconocimiento del acusado, el progenitor estuvo desde junio de 2007 hasta el propio abril de 2013 sin cumplir la obligación de pasar a su hija 210 euros mensuales en concepto de pensión alimenticia.

La cantidad fue determinada en una sentencia de abril de 2002 dictada por el juzgado de Primera Instancia Número Dos de O Carballiño. El padre no satisfizo el importe fijado de la pensión pese a que, tal y como reflejaba el fiscal en el escrito de acusación, disponía de medios económicos suficientes para haber cumplido. La condena, que además de la multa lo obliga a cumplir con la pensión atrasada, se convierte en firme por la asunción de culpa del propio acusado.