J.R.G., un hombre diagnosticado de una dolencia mental, se sentará próximamente en el banquillo de la Audiencia de Ourense acusado por la Fiscalía de un intento de homicidio a su madre anciana que, según la defensa, no puede desencadenar en la condena de 7 años de prisión que reclama el ministerio público. La abogada justifica, basándose en varios informes psiquiátricos, que el acusado sufrió una alteración mental porque no estaba recibiendo el tratamiento médico necesario para su esquizofrenia paranoide.

La letrada pedirá a los magistrados que consideren la dolencia mental como una atenuante muy cualificada o eximente incompleta. Propondrá que se sustituya la pena de dos años que pudiera imponérsele por un internamiento en un centro psiquiátrico especializado. El acusado permanece en la prisión provincial de Pereiro desde el momento de su arresto cuando ocurrieron los hechos.

La propia Fiscalía reconoce en su escrito de acusación que el acusado necesita tratamiento para "evitar una alteración en el comportamiento por descompensación". Incluso siguiendo las pauta médicas, asume el ministerio público, el acusado podría enajenarse "por mala respuesta o por otros desencadenantes medioambientales".

Los hechos que lo sentarán en el banquillo tuvieron lugar el 11 de abril de 2012, a las 9,35 de la mañana. El hombre, que llevaba varios días sin tomar la medicación, se encontraba en la casa del barrio de A Lonia en la que convivía con su madre, de 84 años, y su hermano. El hijo estaba ayudando a su progenitora a hacer la cama. Súbitamente, el acusado le apretó el cuello con sus manos impidiendo que la mujer pudiera respirar, tal y como relata el fiscal. El hermano, alertado por los gritos, entró en la habitación y consiguió apartar las manos del cuello de su madre.

La mujer, que ha renunciado a cualquier acción contra su hijo, no acudió a un centro médico y no consta que sufriera lesiones. A la ausencia de esta evidencia también se aferra la defensa para contrarrestar la petición de siete años de cárcel que realizaba la Fiscalía.

El ministerio público acusa a J.R.G. de un delito de homicidio intentado y, aun admitiendo como atenuante la alteración psíquica padecida durante los hechos, impone también la circunstancia agravante de parentesco.

La abogada sostiene que el acusado tenía totalmente alteradas sus capacidades porque no estaba recibiendo el tratamiento. Por este motivo, solicita al menos que se aplique una atenuante muy cualificada. La letrada apela además a la "nula entidad de las consecuencias de su comportamiento" dado que no consta que la mujer anciana sufriera lesiones por la acometida de su hijo. La defensa considera, en todo caso, que la condena no podría superar los dos años de prisión. Ante este hipotético escenario, la abogada solicita la sustitución de la pena por un internamiento en un centro. En Galicia existe un déficit de estas plazas.