El gobierno socialista en el Concello de Ourense volverá a realizar contrataciones de personal, alegando para ello que no es necesaria la autorización del Ministerio de Hacienda, mostrando un escrito que recibieron a este respecto, y que mostraron ayer la concejala de urbanismo, Áurea Soto, y la edil no electa de Personal, Carmen Rodríguez, que además cargaron contra el portavoz del PP, Rosendo Fernández, que había advertido de esa "irregularidad". Y cargar contra los populares por "utilizar toda su maquinaria y las instituciones en la que gobiernan para vetar las contrataciones" y "paralizar" la administración local.

El proceso de contratación "se realizó de acuerdo con lo establecido por la ley pero fue paralizado por si tenían razón", aseguró Soto, quien añadió que al final "eran falsas" las declaraciones del portavoz popular y criticó la postura de "intentar que se quede sin recursos" el gobierno municipal. La edil no electa de Personal, en esa línea, aseguró que en aquel momento estaba "tranquila", porque esas contrataciones "se hicieron con el informe jurídico y técnico correspondiente" y "no se vulneraba el Real Decreto ni la Ley de Presupuestos", pero que ahora se encuentra "más tranquila", porque "viene a decir lo que decían los técnicos del Concello".

Una apreciación que difiere diametralmente, independientemente de que no se necesaria la autorización del Ministerio de Hacienda, con el escrito de impugnación presentado por el abogado del Estado en el Juzgado Contencioso Administrativo, por entender que sí existe "vulneración" del Real decreto de reposición cero de personal. Y deja claro que la justificación por parte de la Corporación Local es exigible que haya ser previa a la contratación, y no a posteriori.

Pero abundando en esta cuestión, y después de la interpretación realizada ayer por Áurea Soto y Carmen Rodríguez, la fundamentación del abogado del Estado, que se centra en el artículo 3 del Real Decreto, en concreto en sus apartados 1 y 2, relacionadas con las circunstancias y requisitos exigidos, relacionados con la excepcionalidad y en relación con "ineludibles urgentes e inaplazables necesidades para la prestación de servicios públicos esenciales, con existencia de circunstancias evidentes y objetivas que lo acrediten".

Pues en función de la documentación remitida en su momento por parte del Concello, el abogado concluye en su escrito de impugnación que no se produjo en los casos que fueron objeto de impugnación, la mayoría relacionados con conserjes y operarios de cementerios, en los que se esgrimía "acumulación de tareas" por el Concello.