Los propietarios de más de 4.100 edificios de la ciudad y de su perímetro rural, construidos antes de 1910, tienen de plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2012, para presentar ante la Concejalía de Urbanismo del Concello de Ourense el ITE, un informe de Inspección Técnica de Edificios, que avale que esas viviendas están en las debidas condiciones de conservación que garanticen su seguridad.

El Concello de Ourense acaba de hacer público el decreto, por el que se aprueba de forma definitiva la ordenanza municipal reguladora del deber de conservación, inspección técnica y declaración de ruina del Concello de Ourense.

Todos los edificios del municipio deben someterse a esta inspección y sus propietarios deben presentar el ITE, elaborado por un técnico especializado, pero ante el amplio parque inmobiliario que tiene Ourense, la ordenanza se aplica de forma paulatina y en siete tramos, según la fecha de construcción de las viviendas.

Edificios del siglo XIII

Los primeros que tendrán que responder son los propietarios de estos 4.100 edificios o casas construidas antes de 1910, los más antiguos del municipio. La mayoría está ubicadas en el casco viejo de la ciudad, y no son excepciones del urbanismo, porque hay construcciones que se mantienen en pie, muy anteriores a esa fecha. De hecho la casa más antigua del municipio está en Outeiro, en la parroquia de Arrabaldo y data del siglo XIII.

El informe técnico que deben solicitar los propietarios de viviendas en Ourense ha de hacer constar si esa vivienda reúne las condiciones básicas de seguridad, estabilidad, estanquidad y consolidación estructurales, haciendo referencia al estado de la estructura, cimentación fachada, así como al estado de las cubiertas y azoteas.

Se incluirá además en el estudio el estado de las redes generales de fontanería, y saneamiento y el estado general de los elementos comunes, tales como portales o escaleras y fontanería y saneamiento y el estado general de los elementos comunes, como portales o escaleras, y paralelamente se indicarán las medidas que han que llevar a cabo los propietarios siempre que estas sean necesarias.

También se debe incorporar al informe de inspección una fecha técnica sobre la edificación, en la que se incluirán los detalles relativos a la situación jurídica, arquitectónica, urbanística y su régimen de ocupación. Si el propietario no responde en plazo, el propio concello puede llevar a cabo la inspección demandada y luego pasarle los costes al dueño de .

La propia edil de Urbanismo reconocía que en el periodo voluntario de presentación se habían presentado poco más de 20 informes y no descartaba un posible convenio futuro, con un colectivo de arquitectos técnicos o aparejadores para asumir desde el propio ayuntamiento la elaboración de esos informes, en caso de que no hubiera respuestas por parte de los propietarios.

Plazos de presentación

La ordenanza incluye también la posible declaración de ruina del edificio en caso de que no cumpla los mínimos requisitos de habitabilidad de la viviendas .

Los plazos para presentar el ITE son los siguientes. Los edificios construidos de 1911 a 1950 deben presentarlo hasta el 31 de diciembre de 2013. Los construidos de 1951 a 1965 hasta el 31 de diciembre de 2014. Los de 1966 a 1975, hasta el 31 de diciembre de 2015. Los de 1976 a 1980 tiene de plazo hasta el 31 de diciembre de 2016. Los edificios de 1981 a 1986 hasta el 31 de diciembre de 2017 y los construidos de 1987 en adelante y los que cumplan 30 años, deben presentarlo durante el año 2018.