VÍCTOR RODRÍGUEZ - OURENSE
Los reveses judiciales se han convertido en una constante en el proyecto del futuro edificio judicial de Ourense, en un solar en la zona de O Couto, cuyas obras están en marcha, como la sentencia del Juzgado Contencioso que anuló la expropiación forzosa llevada a cabo por el Concello de Ourense en dos parcelas que forman parte del solar, y que no hizo más que generar dudas sobre su futuro.
Es por eso que el conselleiro de Presidencia, Alfonso Rueda, en una misiva remitida al alcalde de Ourense, Francisco Rodríguez, le solicita, tal y como se acordó en su momento, un "compromiso expreso" de asumir las responsabilidades que pudieran derivarse de la sentencia recientemente dictada, que afecta directamente a la empresa adjudicataria de las obras que se ejecutan, después de que se retrasasen por otra sentencia que había anulado el proceso de notificación expropiatorio.
Necesaria infraestructura
Rueda también reclama al alcalde "ser informados" de las medidas concretas de carácter jurídico que al respecto tiene pensado adoptar el Concello, debido a que se estaba pendiente de estudiar el texto de la sentencia. Pero siempre dentro de esa "voluntad de colaboración" de la Xunta de "acometer tan necesaria infraestructura judicial".
Una cuestión que para el conselleiro de Presidencia está fuera de toda duda, y subraya que a día de hoy, y a pesar de las numerosas vicisitudes judiciales relacionadas con la ejecución de esta obra, los trabajos de construcción ya tienen comenzado. Y subrayar la lealtad institucional que desde un principio se produjo, debido a transcendencia que el edificio.
Por su parte, la Junta de Gobierno acordó en la reunión de ayer interponer una recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) contra la sentencia del Juzgado Contencioso de Ourense, que estimó en su momento el recurso contra la decisión del gobierno bipartito de aprobar definitivamente la expropiación forzosa de dos parcelas del solar donde se construirá el edificio judicial, como consecuencia de la anulación del PXOM de 2003.
En la sentencia se concreta que "la anulación de los actos administrativos por lo que se aprobó el planeamiento urbanístico del que trae causa la expropiación, deja sin efecto ni valor algunas las declaraciones de utilidad pública y la necesidad de ocupación".