El Concello decidió recurrir al juzgado para evitar pagar al promotor del Edificio Vilarejo 647.000 euros, así como recalificar un terreno en O Cumial para 11,5 viviendas en concepto de indemnización, relacionada con una licencia urbanística concedida hace 25 años que inicialmente se le había denegado por los servicios municipales, pero que posteriormente se le otorgó por "silencio administrativo". Un proceso que la concejala de Urbanismo, Áurea Soto, no dudó en calificar de "bastante lamentable" y de la que responsabilizó a gobiernos anteriores, a la Comisión Provincial de Urbanismo y a los responsables en aquella época de los servicios jurídicos del Concello "por no defender el tema".

No obstante las posibilidades son escasas, como reconocía ayer Soto en su comparecencia. Debido a que el juzgado al que se remitió el informe del técnico municipal y del economista en relación al incremento de beneficios que obtuvo el promotor con una licencia que consideran se otorgó de forma irregular, --y está cifrada en 3,8 millones de euros--, lo único que dará es respuesta a una ejecución de sentencia que fue emitida hace más de 20 años. A pesar de ello espera que "se haga justicia".

El proceso arranca en 1983, cuando el promotor del Edificio Vilarejo, situado en la calle Progreso, solicitó licencia para construir un edificio de sótano más bajo, 6 plantas y ático, que le fue denegada por los informes desfavorables de los técnicos municipales y extramunicipales. El promotor reitera la solicitud de licencia, mediante un anexo, pero con 3 plantas más: 2 sótanos, baja y 9 plantas, que es la que tiene en la actualidad, y que le es denegada en base al informe del arquitecto municipal por "incumplimientos del proyecto" según la normativa del Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de Ourense aprobado en 1986.

Ante el nuevo revés, el promotor presenta escrito a la Comisión Provincial de Urbanismo de la Consellería de Ordenación Territorial y Obras Públicas (COTOP) para que se subrogue en el otorgamiento de la licencia, que inicialmente deniega, pero el conselleiro, en ese momento Fernando Pedrosa la admite, y remite el expediente a la propia Comisión para su resolución, sin que se produzca, hasta que 7 meses después el secretario de la comisión, José Cudeiro, certifica la concesión de licencia por "silencio administrativo" para un edifico de 9 plantas, que para el Concello es "claramente ilegal".

En 1987 Vilarejo comienza las obras, que son paralizadas por el Concello, siendo alcalde Antonio Caride, y que es recurrida ante el juzgado por el promotor alegando que tiene licencia concedida por silencio administrativo, sin que el Concello ni siquiera se personase en el procedimiento, con lo que la sentencia del alto tribunal gallego le da la razón y condena al concello a indemnizar por el tiempo de paralización de las obras.

Para evitar el pago, un acuerdo plenario, de mayo de 1991 faculta al alcalde, en ese momento José Luis Mondelo, a firmar un acuerdo extrajudicial, por el que se recalifican unos terrenos del promotor en la zona del Cumial para construir 23 viviendas, sin que exista justificación económica al respecto. Pero el acuerdo no se incluye en el PXOM de 1986, ni en el de 2003, anulado por el Tribunal Supremo. Eso lleva a que el Juzgado convoque un Comité de Expertos que evalúe la perdida económica por la paralización, y que resuelva indemnizar a Vilarejo con 647.646 euros, con el voto particular del representante del concello, que solicita se tenga en cuenta el incremento de beneficios", derivados de las 3 plantas de incremento, según la evaluación realizada.