La crisis dispara los hurtos en tiendas e hipermercados de la provincia

Fuentes policiales explican que algunas personas optan por despistar productos de alimentación y prendas de ropa por las dificultades que tienen para llegar a fin de mes

 
Los hipermercados sufren numerosos hurtos a causa de la crisis.
Los hipermercados sufren numerosos hurtos a causa de la crisis.  I. Osorio

X.M.C. - OURENSE

La crisis económica dispara la proliferación de hurtos en tiendas, comercios y grandes superficies de la provincia de Ourense, realizados por personas que tienen dificultades para llegar a fin de mes. Esta es una situación que está afectando de una forma similar a las cuatro provincias gallegas, según apuntan fuentes policiales. Sin embargo, resaltan que Ourense es la zona en la que ha descendido más el número de asaltos y de robos con fuerza en domicilios particulares, en contraste con la proliferación de este tipo de delitos que registró en 2008, muchos de ellos atribuibles a bandas itinerantes que actúan en distintos puntos del Estado.

La crisis está castigando de forma especial a las personas que tienen las rentas más bajas, como los asalariados que cobran el sueldo base y personas que están agotando el período de cobro de subsidios de desempleo, con lo que se multiplica el número de hurtos, en alimentación, ropa y otros productos; las denuncias de accidentes y desperfectos, incluso por daños de poca relevancia económica, para cobrar primas de seguros, y el robo de combustible, en camiones y maquinaria. De todas formas, fuentes policiales reconocen que el robo de gasóleo, en estos momentos está afectando en mayor medida a las demás provincias gallegas.

La crisis propicia que muchos ourensanos presenten denuncias en la Comisaría de Policía o en los puestos de la Guardia Civil por daños de poca consideración o por robos, para cobrar primas del seguro, aunque sean de escasa relevancia. “Antes ese tipo de denuncias no se realizaba, pero ahora los ciudadanos no perdonan ninguna de las prestaciones a las que tienen derecho”.

Fuentes policiales reconocen que la crisis está arrastrando a personas que nunca robaron nada, “como algún niño, alguna niña, algunos jóvenes y personas adultas, traten de ‘despistar’ productos sin abonarlos en caja, por lo que pueden ser denunciados por el establecimiento.

Uno de los mayores costes que puede tener este tipo de conductas es el “descrédito social”, en el caso de que la situación transcienda en el ámbito en el que se mueva el infractor.

Si el hurto o el robo son importantes, pueden constituir un antecedente penal, que limita o imposibilita que una persona pueda desempeñar un trabajo en la función pública.

Los hurtos pequeños que sean detectados y denunciados por el personal de los establecimientos comerciales no supondrán el ingreso en prisión de los “clientes” que los realicen, pero “conllevarán una sanción penal de tipo pecuniario”, que se sumará a la responsabilidad civil o la pena compensatoria de tipo económico.

Los antecedentes penales por este tipo de faltas, como un pequeño hurto, generalmente prescriben en un período corto de tiempo: unos seis meses. Sin embargo, los antecedentes no se cancelarán tan pronto, si el individuo incurre de forma repetida en ese tipo de hechos durante un corto período de tiempo. “Si condenan a una persona por tres hurtos seguidos de la misma naturaleza, en un plazo breve de tiempo, cambia la condición de falta a delito”, explican fuentes policiales. “Cuando un individuo comete la tontería de coger un pantalón, si al mes siguiente repite la operación y se produce un tercer caso al poco tiempo, se puede convertir en un delito, lo cual constituiría un antecedente que lo puede perjudicar”.

En el caso de robos de mayor escala, la cancelación de antecedentes puede demorarse más de veinte años.

Cuando los empleados de un establecimiento detectan a un cliente que intenta salir con productos sin pagar, intervienen de forma inmediata los guardias de seguridad del local y llaman a la Policía Nacional o Guardia Civil, que en núcleos urbanos suelen presentarse en unos cinco minutos. “Eso constituye una infracción penal, tipificada como falta, si no hay fuerza en el intento de apropiación ni la mercancía supere el valor de 401 euros”.

En esos casos, la policía lleva detenida a la persona que intenta realizar pequeños hurtos de ropa o comestibles, le toma declaración y pasa a “un juicio inmediato de faltas”, mientras que los delitos de mayor envergadura se derivan a los denominados juicios rápidos. En ambos casos, la autoridad judicial tiene la competencia de establecer la cuantía de la sanción que debe abonar el infractor, además de abonar los daños y quedarse sin la mercancía.

Los jueces determinan la cuantía de las penas que imponen, en forma de sanción económica, dependiendo del nivel de renta que tenga en infractor. Multiplican la cantidad establecida por el número de días de la condena. “Si no se abona, se puede transformar en privación de libertad”.

A los infractores de menos de 18 años, les aplican la Ley Penal del Menor, en lugar del Código Penal, “por lo que tienen un tratamiento distinto”.

Los menores de catorce años son “inimputables, desde el punto de vista penal”, pero le pueden exigir responsabilidades subsidiarias a los padres. Y a los que tienen de 14 a 18 años, les aplican la Ley Penal del Menor.

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