Un total de 21 años y siete meses de prisión fue la pena que le impuso la Audiencia Provincial de Ourense a Fabián Darío González, uno de los acusados por el asalto a la Joyería Cota, mientras que al otro encausado, Miguel Ángel Gil, lo absolvieron por falta de pruebas.

En la sentencia se consideran como hechos probado que ambos acusados, naturales de Córdoba, en Argentina, se presentaron en junio de 2006 en la vivienda de la propietaria de la céntrica Joyería Cota, de Ourense, y consiguieron, tras mucha insistencia, que la empleada encargada de cuidar a sus dos hijos le abriese la puerta, atándola de pies y manos, así como una cinta de embalar en la cabeza y llevándola al dormitorio, donde le dijeron que si gritaba la matarían.

A continuación, y sobre la hora de la comida, la propietaria de la joyería llegó a casa tras cerrar el comercio y en la sala la asaltaron y le taparon la boca y los ojos mientras le pedían que no gritara bajo la amenaza de hacer daño a sus hijos.

Los dos acusados, según la sentencia, bajaron con la mujer a la joyería para que la abriera y sustrajeron joyas, varios relojes marca Zenit y 9.000 euros en efectivo y luego volvieron con ella a su domicilio, en un edificio colindante, donde la dejaron atada, con sus dos hijos y la empleada "con la advertencia de que no avisaran a la Policía ni les reconocieran".

En este sentido, en la misma sentencia también se especifica que no quedó acreditada la participación en los hechos de Miguel Ángel G., detenido junto con Fabián Darío González y el hermano del primero, Víctor Hugo Gil, localizado en Argentina, aunque de momento no fue ni extraditado ni juzgado en relación con el robo.

En cuanto al caso de Fabián Darío González, en la sentencia se considera culpable de los delitos imputados por separado, y no todos en concurso como pidió su abogado en el juicio celebrado el día 3 de diciembre y sin considerar circunstancias atenuantes, pues la liberación de las víctimas no se produjo de forma voluntaria por los asaltantes, y contabilizando por separado cada delito de detención ilegal de las dos mujeres y de los dos menores, y todo ello por las imágenes de vídeo y la huella aparecida en la caja de una pluma estilográfica que había en el domicilio.

Además de la condena a 21 años y 7 meses de prisión, Fabián Darío González deberá pagar como indemnización 321.301 euros a la compañía Inquinase Company Limited y otros 11.240 a la propietaria de la joyería.

La sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Ourense no es firme y contra ella pueden interponer recursos de casación ante el Tribunal Supremo en cinco días.