La titular del Juzgado de lo Penal Número 2 de Ourense ha condenado a un joven de 25 años, Juan L.C., a dos años de prisión por un delito de agresión sexual a una mujer de 19 años cuando ésta se disponía a acceder al portal de su domicilio. La acusación particular solicitaba tres años de cárcel y la defensa pidió la libre absolución.

La juez considera hechos probados que el pasado mes de febrero de 2007, cuando la víctima se disponía a entrar en el portal de su edificio situado en la avenida de Buenos Aires de la ciudad, este individuo la abordó por detrás tapándole la cabeza con una prenda de ropa. Después la tiró al suelo y comenzó a manosearla por todo el cuerpo, llegando incluso a introducirle la mano en el interior de la braga, actos que dejó de hacer ante los gritos de la mujer y el temor de ser descubierto por los vecinos, por lo que se dio a a fuga.

La joven identificó perfectamente a su agresor. A principios del mes de marzo, entorno a las dos de la madrugada, cuando regresaba a su casa acompañada de una amiga, vio en su portal al acusado, que la estaba esperando pero que al darse cuenta de que ella lo había reconocido salió corriendo.

El condenado se declaró inocente y negó en la fase de instrucción que hubiera estado en ese lugar el día que ocurrieron los hechos. Aunque en ningún momento aportó pruebas para probar sus palabras, la defensa pidió la libre absolución.

En el caso de la acusación particular, la abogado pedía tres años de prisión por el delito cometido contra su cliente y solicitaba una indemnización de 12.000 euros más los intereses legales en concepto de los daños sufridos por la misma.

Prohibición

Por todos estos hechos la juez condenó a Juan L.C. a una pena de dos años de cárcel con la inhabilitación del ejercicio del derecho de sufragio universal durante lo que dura la condena y le imponen las costas del juicio.

Además, la magistrada le impone la accesoria de prohibición de acercarse a la joven a menos de 500 metros de su domicilio o de cualquier lugar donde ésta se encuentre, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio durante un período de tres años.

En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la joven con la cantidad de 3.000 euros.