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El TSXG devuelve a un marinero de Bueu la pensión que le anuló la Seguridad Social tras tres años de "penuria"

La revocaron por dudas en un mes de cotización

Una vista del puerto pesquero de Bueu. // Gonzalo Núñez

Manuel es un marinero de Bueu que acaba de superar la marea más dura de su vida. A diferencia de las anteriores ésta no fue en el mar, sino que fue una batalla en tierra contra la Seguridad Social. Tres años de pelea para que el Estado le reconociese su pensión de jubilación. Primero se la concedió, pero se la anuló casi enseguida porque entendía que su último contrato había sido simulado o ficticio. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de darle la razón a este vecino buenense, que ahora tendrá que cobrar los atrasos de tres años de "penuria" y recibir mensualmente su pensión. Durante este tiempo, él y su familia tuvieron que recurrir a Cáritas Bueu y a ayudas de emergencia del Concello. Pero también conocieron la buena voluntad de algunas personas, como la del casero que les arrienda la vivienda donde viven. Durante estos tres años no les cobró el alquiler del piso, convencido de que la justicia acabaría dandole la razón a su inquilino.

Este marinero buenense -que no quiere aparecer con su nombre completo y que prefiere hablar a través de su abogado- al cumplir los 57 años de edad tenía todos los requisitos para acceder a la jubilación anticipada a través del Régimen Especial del Mar (REM). Acumulaba un total de 23 años y dos meses cotizados en alta mar. El único inconveniente es que le faltaba un solo mes para poder jubilarse y el REM exige estar de alta o situación asimilada para poder jubilarse. "Debido a su edad no tenía posibilidad de volver a embarcarse y tampoco podía recurrir a otros sectores, como el de la construcción", explica su abogado, Miguel Costas Díaz. Manuel decidió darse de alta como autonómo y durante un mes trabajó para una sociedad inmobiliaria. El suyo era un trabajo de intermediación, para repartir publicidad y gestionar alquileres de pisos. "Cumplió con todas sus obligaciones fiscales y laborales, con lo que después de ese mes solicitó la jubilación y le fue aprobada", explica su representante legal. Esto fue a finales de 2014 y la situación no tardó en cambiar radicalmente.

Cuando llevaba apenas dos meses jubilado la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social le comunican que se le abría un acta de revisión de su pensión, que a partir de ese momento queda automáticamente en suspenso. La razón es que sospechan que ese último trabajo ha sido ficticio, simulado. A partir de entonces se inicia un proceso administrativo que se prolonga un año, que culmina con la retirada de la pensión y con la obligación de devolver lo que había cobrado. Y luego llega el procedimiento judicial, que duró dos largos años y que ha tenido un final feliz. Esta misma semana el TSXG acaba de darle la razón y le devuelve a Manuel lo que se ganó durante más de 23 años embarcado en alta mar.

La Seguridad Social esgrimió en su día varios argumentos para intentar sustentar que el último empleo de Manuel había sido ficticio: la inmobiliaria no figuraba en sus registros, nunca había tenido trabajadores por cuenta ajena, la última contabilidad depositada era de 2013, la socia y administradora única trabajaba en la misma gestoría que asesoraba a este vecino y porque la actividad que desarrolló durante ese mes era "ajena a la desarrollada a lo largo del resto de su vida laboral".

La sentencia constata que esas apreciaciones fueron correctamente rebatidas por el afectado, que acreditó documentalmente que había datos erróneos. "Adjuntó la declaración del impuesto de sociedades de 2015 y certificación del Registro Mercantil de Pontevedra de que la socidad depositó las cuentas de 2015", dice el fallo. En sede judicial también declaró otro trabajador que "de modo contundente afirmó que el demandante prestó sus servicios a la inmobiliaria, recordando que la mayoría de los días lo recogía en su vehículo y que los arrendamientos que cerró en noviembre de 2014 no se firmaron hasta la conclusión de la rehabilitación de los inmuebles" arrendados.

Acerca del hecho de que ese último mes de su vida laboral nada tuviese que ver con su trabajo anterior en el mar, el TSXG dice que "no parece un dato concluyente para apreciar que la actividad era simulada". Por ello obliga a la Seguridad Social a devolverle su pensión y a reintegrarle todo el dinero que dejó de percibir durante estos tres años.

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