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La Audiencia de Palma rebaja a 6 y 2 años de prisión la condena a dos cangueses por tráfico de droga

Uno de los jóvenes Pablo S.B. quedó libre de tráfico de cocaína por lo que saldrá de prisión en breve -Se le condena por marihuana

Un momento del juicio que se celebró a finales de noviembre en Palma de Mallorca. // B.P.

Ya hay sentencia por el juicio que se celebró a finales de noviembre del año pasado en la Audiencia de Palma de Mallorca, contra seis personas, dos de ellas vecinos de Cangas, por tráfico de droga en la zona de Magaluf. La Audiencia ha rebajado la condena a los dos vecinos de Cangas, Juan José R.P. y Pablo S.B., de los 7 años iniciales y multa de un millón de euros que pedía la Fiscalía, a 6 años y multa de 871.220 euros al primero de ellos; y dos años de prisión y multa de 28.424 euros, para el segundo, que ha quedado absuelto de tráfico de cocaína. Ambos jóvenes permanecen en prisión desde su detención en julio de 2016 tras una investigación del Equipo de Policía Judicial de Algaida. De ahí que Pablo S., defendido por el letrado moañés Luis Pena,saldrá pronto de la cárcel ya que también ha sido absuelto de tráfico de cocaína.

En el operativo resultaron detenidas seis personas. Con los cangueses, que compartían piso, también fueron arrestados una pareja de ingleses, que han quedado absueltos y dos hermanos portugueses, uno de los cuales también ha quedado absuelto mientras que el otro Nelson S.L.ha sido condenado a seis años de prisión y multa de 204.040 euros.

La defensa de Pablo S. había solicitado la libre absolución de su patrocinado, con todos los pronunciamientos favorables y sin imposición de costas, con la concurrencia del atenuante de confesión del delito y la atenuante de toxifrenia. Para el otro acusado de Cangas, su defensa también había solicitado la absolución, y con carácter subsidiario, atendiendo al reconocimiento de hechos del acusado, se concordaba con las conclusiones de la acusación pero no en la pena a imponer por cuanto concurrirían las atenuantes de confesión tardía, solicitando en su caso, la imposición de una pena de cuatro años y seis meses de prisión.

En atención a las pruebas se procedió declarar probados que Juan José R.P., sin antecedentes penales, se dedicaba desde julio de 2016 y hasta la fecha de su detención, a la venta a terceros de cocaína, como se advirtió en la bolsa incautada y llena de envoltorios de monodosis de dicha sustancia, con diferentes pesos y pureza; así como al depósito, y/omanipulación para la confección de monodosis, de casi dos kilos de cocaína con una pureza media del 74%. Con respecto a Pablo S., también sin antecedentes penales, que se dedicaba sólo al depósito para su posterior venta a terceros de marihuana, habiéndose hallado en el trastero alquilado por él, una plantación de marihuana con un peso neto de 2.820 gramos, junto con diversos utensilios apra el secado de las plantas. El valor de la sustancia intervenida ascendía a 14.212 euros.

Con respecto al vecino de Portugal, Nelson S.L., en prisión desde el 1 de septiembre de 2016, también quedó probado que se dedicaba a la posesión y depósito, para su posterior manipulación y adulteración para la distribución para la venta en monodosis de más de un kilo de cocaína con pureza del 76,4%, así como una bolsa deplástico con 131 gramos de cocaína y pureza del 22,3%, además de otras bolsas con distintas sustancias.

En el juicio no ha quedado acreditada la participación en estos hechos del otro hermano portugués ni de la pareja inglesa, que han sido absueltos.

En la sentencia se tumba las alegaciones de las defensas que pedían la nulidad de las escuchas telefónicas y señala que el auto que se impugna está suficientemente motivado por remisión al oficio que lo provoca, "y es proporcionado para esclarecer uno de ls delitos que mayor repercusión tiene en la sociedad por los efectos nocivos no solo para la salud pública, sino también por la cantidad de delitos que la drogadicción aboca a las personas ue padecen la adicción".

Juan José negó que su compañero de piso Pablo S. conociera que él poseía do paquetes de cocaína y unabolsa llena de envolotios de cocaína, que sólo usaba la zonas comunes del piso, que ninguno entraba en la habitación del otro. De igual forma, manifestó no conocer la existencia del trastero donde su compañero de piso guadaba la marihuana. Pablo S. declaró que había llegado a la isla en febrero para trabajar, que cobraba un subsidio y pagaba un alquiler por la habitación, negó tener conocimiento de la cocaína y que si apareció en los seguimientos judiciales realizados a Juan José fue por casualidad.

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