El Concello de Cangas ha dejado de cobrar, desde ayer, por realizar la compulsa de documentos "que deban incorporarse obrigatoriamente aos expedientes tramitados polo propio Concello e se adxunten nunha instancia ou solicitude presentada no Rexistro Xeral do Concello ou nos rexistros auxiliares municipais". Así figura en la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal número 16 reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos tramitada por el Pleno el pasado 31 de marzo y publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPPO).

La propuesta a la que la Corporación de Cangas dio el visto bueno, por unanimidad, afecta a la ordenanza fiscal número 16, que regula la expedición de documentos administrativos, tales como certificados de empadronamiento, de bienes o la compulsa de documentación. El avance de la administración electrónica implica un nuevo procedimiento de emisión, "moito máis áxil" y que ya está facilitando una relación "máis fluida" con los ciudadanos, apuntan desde la institución municipal.

La supresión se tomó tras las quejas de algunos vecinos que no entienden por qué estaban obligados a pagar por un documento que el propio concello exige, por ejemplo para presentarse a una convocatoria de trabajo en la misma administración. La tasa sí se mantendrá en los casos en que la compulsa se precise para un trámite ajeno al Concello de Cangas.